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Reforma Tributaria 2022


Luis Carlos Reyes, director de la Dian, afirmó que la reforma se alinea con la Constitución de 1991 y cumple con ella en la medida en que será debatida en el Congreso de la República

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“Se puede desestimular inversión y así limitar el desarrollo de la banca”

viernes, 12 de agosto de 2022

La República

Foto: socio de la firma Gómez Pinzón

Hay unos sectores afectados, uno es el sector financiero, pues traía una sobre tasa en el impuesto de renta que era temporal y ahora se la dejaron permanente

La nueva reforma tributaria establece que las instituciones financieras que tengan una renta gravable de más de 1.200 UVT, tendrían que pagar la sobretasa al sector, un impuesto que fue establecido en la anterior reforma como uno transitorio. Lo que explican los analistas es que si a este punto además se le suma el tratamiento de los dividendos se podría desestimular la inversión, limitando el desarrollo de la banca.

El abogado Mauricio Piñeros Perdomo, socio de la firma Gómez Pinzón, explicó varios señalando que uno de los castigos más grandes que tiene la reforma es hacia la inversión en Colombia.

En la reforma se pone un gran pero sobre las empresas, ¿cómo cree que vaya a afectar estos cambios a dichas compañías?

Creo que va a afectar más por el tema de la dificultad que va a representar la reforma para la inversión, digamos, el tratamiento tributario de los dividendos hace que muy poca gente quiera invertir en una compañía y yo creo que ese es el gran problema o efecto que puede tener la reforma . En casos extremos eso puede llegar a tributaciones de 60 % porque la compañía paga el 35% y los dividendos de las personas naturales pueden quedar grabados hasta con una tasa de 39%.

¿Cuáles cree usted que son los sectores productivos que más se podrán ver afectados con esta reforma?

Hay unos sectores afectados, uno es el sector financiero, pues traía una sobre tasa en el impuesto de renta que era temporal y ahora se la dejaron permanente. Y los otros sectores más perjudicados claramente son el sector de hidrocarburos y minería con la prohibición de deducir las y con los impuestos específicos o especiales que pusieron a la exportación de carbón e hidrocarburos.

¿Qué consecuencias tendría para las compañías el hecho de que se limiten las detracciones voluntarias en tres puntos porcentuales?

La tributación va a ser mayor, lo que hace la norma es no es limitarla en esos en tres puntos porcentuales, sino que las exenciones, las deducciones especiales, los descuentos van a estar limitados a un monto equivalente al 3% de la renta líquida de la compañía, calculada antes de restar esos beneficios.

En el sector financiero, ¿mantener la sobretasa podría limitar la dinámica de la banca en Colombia?

Yo sí creo, todas las instituciones financieras que tengan una renta gravable de más de lo que son 1.200 UVT, son algo más de $4.000 millones tiene que pagar esa sobre tasa. Pero si a eso además le suma el tratamiento de los dividendos, pues creo que no va a haber ningún interés o se va a desestimular la inversión en el sector financiero y eso puede limitar el desarrollo de la banca.

¿Cómo tocaría esto al mercado de capitales y el flujo de inversiones?

En renta variable es evidente por el tratamiento de los dividendos en el caso de dividendos de personas naturales, además, con un tratamiento que es desigual. Porque un inversionista extranjero que tenga acciones en una sociedad colombiana su dividendo va a estar gravado con una tasa del 20%. Una persona natural colombiana que invierta en una sociedad colombiana su dividendo puede estar grabado con mucho más del 20%.

Lea la columna completa: Una primera mirada a la tributaria

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