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Hay más de 1.000 empresas operando en los espacios llamados Zonas Francas, de los cuales se identifican 124 en 21 regiones del país
La Reforma Tributaria contempla una tarifa preferencial para las compañías que suscriban con el Ministerio de comercio un plan anual de exportaciones y ventas
Las empresas establecidas en zonas francas que presenten ante el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo un plan de internacionalización y anual de ventas podrán obtener una tarifa preferencial de 20% en el Impuesto sobre la renta aplicable a los ingresos que se perciban en razón de las exportaciones. Los demás ingresos, estarán gravados con la tarifa habitual de 35%. Serán excluidas de la tarifa preferencial aquellas compañías que incumplan los objetivos máximos de ingresos que previamente fueron convenidos en el plan.
El Gobierno Nacional se encuentra trabajando en la reglamentación de esta norma y se prevé que en próximas semanas sea publicada. Según María Paula Sánchez, directora de Aduanas y Comercio Exterior de la firma Posse Herrera Ruiz, hay unos condicionamientos adicionales para acceder a esa tarifa preferencial de renta.
“Únicamente pueden aplicar los usuarios de zonas francas que en los años 2023 y 2024 acuerden con el Ministerio este plan, en el que se deben establecer unos objetivos máximos de ingresos netos por operaciones que realicen con el Territorio Aduanero Nacional y por otros ingresos que obtengan por operaciones diferentes a la actividad para la cual fueron calificados”, explicó.
En ese sentido, el plan de internacionalización es una proyección de ventas que deben realizar las compañías, en el cual deben tener en cuenta algunas variables que podrían afectar el cumplimiento de los objetivos. “Si por cambios en la demanda del mercado, la estrategia de marketing, la competencia, los problemas internos de suministro, la calidad, el personal o en general cualquier cambio que se dé en la economía, los usuarios varían sus objetivos máximos de ventas, perderán el beneficio tributario, situación que en mi opinión restringe la actividad económica y la libertad de empresa”, señaló Sánchez.
Para llegar a una regulación que facilite el comercio, la abogada señaló que es fundamental un trabajo en equipo por parte del Gobierno Nacional y el sector empresarial durante la reglamentación e implementación de este programa. “Se debe establecer una regulación que permita acordar unos objetivos máximos realizables por parte de los usuarios industriales de las zonas francas. Un plan de estos no puede ser un elemento meramente teórico que sea incompatible con la práctica de los negocios, sino que debe convertirse en una guía”, dijo la directora, quien agregó que lo que debería prevalecer para la aplicación de la tarifa preferencial, más que unos objetivos máximos, son los ingresos por las exportaciones que efectivamente se realicen.
Se espera que antes de finalizar el segundo trimestre de 2023 esté reglamentado el Plan de Internacionalización y Anual de Ventas. Entre tanto, las empresas que quieran acogerse al beneficio deben suscribirlo con el MinCIT antes de que finalice 2024. La no suscripción o el incumplimiento de los objetivos, será causal de la pérdida del beneficio de la tarifa preferencial de 20% en el impuesto sobre la renta.
Existen tres grandes clases: permanentes especiales o uniempresariales, permanentes o multiempresariales y zonas francas transitorias
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