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El recaudo va a las arcas del Gobierno, como cualquier otro impuesto. Existen exenciones para ciertas transferencias y cuentas
En 1988, el Gobierno Nacional expidió el decreto 2331 como respuesta temporal a la crisis financiera. En 1999 la Corte Constitucional expidió las sentencias C-122 y C-136 para cambiar el destino del recaudo a la banca pública, a las cooperativas financieras y a los alivios para los deudores del sistema de la Unidad de Poder Adquisitivo Constante (Upac).
Este cambio acabó con uno de los mitos más comunes: el impuesto del 4x1.000 no está dirigido a la banca privada, sino que dicho sector solo se encarga de su recaudo y transfiere el monto al Gobierno Nacional. Este dinero equivale a cerca de 5% del recaudo total para las finanzas públicas.
En 2000, el impuesto se convirtió en una medida permanente de $2 por cada $1.000, la cual se aplica a movimientos en cuentas corrientes y de ahorro, tarjetas de crédito, fondos de valores, uso de cheques, créditos, traslado de fondos, recaudos y pago de obligaciones
Según información de la Asociación Bancaria y de Entidades Financieras de Colombia (Asobancaria), ese mismo año “la tasa se incrementó a 3X1.000 con la Ley 633, y en 2003 se elevó a 4X1.000, de manera transitoria hasta 2007 (Ley 863). Sin embargo, en 2006 la tarifa del 4X1.000 se fijó hasta hoy (Ley 1111)”.
Según Wilson Triana, experto en banca y seguros, "este impuesto limita en muchas ocasiones el acceso al sector financiero, lo cual impide que los ciudadanos accedan a créditos para vivienda u otras necesidades, incentivando a su vez el uso del efectivo. Sin embargo, hoy existen opciones que le van a permitir a cada usuario limitar el cobro excesivo de este impuesto y gozar de ciertos beneficios".
Para que los usuarios de la banca vieran con buenos ojos mantenerse en el sistema financiero, se crearon exenciones, por lo que cada usuario puede escoger una cuenta de ahorros que no pague dicho impuesto, siempre y cuando no supere los $13 millones mensuales.
Así mismo, si es de aquellos que mueven dinero a través de una comisionista de bolsa o administradora de inversiones, tampoco está obligado a desembolsar dinero con destino a este rubro. Otra de las posibles exenciones se enfoca en las cuentas de los pensionados o las transferencias entre productos bancarios de la misma entidad y que se encuentren a su nombre. Además, las empresas pueden tener hasta cinco cuentas exentas para fomentar el accedo a crédito corporativo.
Según Jaime Alberto Upegui, presidente Scotiabank Colpatria, “el 4X1.000 es antitécnico y no estimula la bancarización, pues al haber mayor cantidad de transacciones en efectivo se incentiva la informalidad y hace que los ciudadanos no puedan acceder a los productos financieros, los cuales son útiles al momento de adquirir bienes y servicios”.
No obstante, para Hernando José Gómez, presidente de Asobancaria, “eliminar el impuesto del 4x1.000 en este momento, sin que haya un ingreso tributario sustituto, le haría mucho daño a la macroeconomía. No creemos que sea viable desistir de él en el corto plazo”.
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Estas tienen una numeración, fecha de caducidad y un código de verificación o CVV que solo son válidos para una sola transacción