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Las diferentes fuentes de ingresos pueden provenir de actividades laborales, rentas de capital, ingresos por rendimientos financieros, por pensiones, entre otros
Se acerca la temporada de declaración de renta, por lo que teniendo en cuenta que el proceso puede ser complejo para varias personas, es mejor anticipar las finanzas, en el caso de que deba pagar, pero también en la organización de toda la documentación relacionada a los ingresos del año pasado.
Para saber más a detalle todos los factores que se deben considerar en este proceso, sobre todo para quienes tendrán que declarar renta por primera vez, consultamos a expertos en tributación, quienes entregaron las claves de la declaración de renta que no se pueden perder de vista y algunas recomendaciones útiles.
Para Óscar Coy, profesor de la Universidad de la Sabana, la recomendación básica es identificar las condiciones para declarar renta. "¿Usted tuvo ingresos iguales o superiores a $53.206.000 de enero a diciembre de 2022?, ¿tuvo pagos por tarjetas de crédito iguales o superiores a $53.206.000?, ¿tuvo compras o consumos por $53.206.000?, ¿tuvo consignaciones depósitos o inversiones por $53.206.000 o superiores?, si la respuesta alguna de estas preguntas es sí, usted tiene que declarar renta", dijo el docente a modo de un sencillo test.
Si clasifica, tiene que identificar los ingresos que tuvo en el año fiscal anterior, en este caso 2022. El siguiente paso es tener claras las depuraciones y a qué beneficios puede aplicar, en el caso de que tenga dependientes económicos como papás mayores de 60 años que no tengan ingresos, hijos menores de edad o de 25 años o cónyuge que depende económicamente de quien declara.
También aplica a beneficio tributario la medicina prepagada, intereses de vivienda, aporte a cuentas cuenta de Ahorro y Fomento a la Construcción (AFC), a fondos de pensión o al Sistema General de Seguridad Social, y los ingresos no constitutivos de renta o de ganancia ocasional, préstamos, deudas que haya adquirido.
Otro aspecto a tener en cuenta son las retenciones en la fuente, que es el impuesto anticipado de la declaración de renta, pues todo lo que se haya retenido en la prestación de un servicio sirve para descontarlo del valor final del impuesto a liquidar. "Todo eso se utiliza para depurar el factor de ingreso y llegar a una renta líquida que es el valor sobre el cual se va a liquidar el porcentaje que tiene que pagarle a la Dian", dijo Coy.
Otro esencial es la fecha y saber cuándo tiene que declarar y pagar el impuesto de renta para evitar sanciones. "No dejemos que la obligación tributaria nos sorprenda con un valor susceptible a ser financiado que no tengamos en cuenta para el momento de la liquidación", recomendó.
César Martínez, contador y docente de la Universidad Externado, recordó que el estatuto tributario establece que se debe declarar renta si se acumula más de 1.400 UVT en ingresos, estando el valor de la Unidad de Valor Tributario (UVP) para 2022 en $3.804, y una de las formas que recomienda para saber si clasifica a declarar, es pedirle un certificado a su banco para saber cuánto dinero tuvo en consignaciones en todo el año y ver si llega al límite de $53.206.000.
Señaló que un error que se puede presentar al establecer si debe declarar o no, es que al comprar un inmueble inferior a $171.018.000 se cree que no se aplica para declaración, porque no entra en el mínimo de patrimonio, pero la sola compra ya superó el tope de $53.206.000 y se debe declarar.
Pero recalcó que estar obligado a declarar renta no significa que tenga que pagar el impuesto. "La persona pudo haber sido objeto de retención en la fuente, entonces lo que hace es que se hace una depuración. Cuando no existe base para practicar retención en la fuente, muy seguramente en su declaración de renta no le va a tocar pagar".
Y otra recomendación que entrega está enfocada a un comportamiento a lo largo del año que será saludable para declarar renta, y es cuidar las consignaciones a la cuenta bancaria.
Martínez señala un ejemplo, "hay padres que le dicen a sus hijos, présteme su cuenta que me van hacer consignaciones, o lo mismo entre familiares y amigos, y resulta que de pronto la persona no va a estar obligada a declarar renta por sus ingresos, pero esas otras consignaciones pueden sumar ese monto que lo va a ver obligado a declarar". Además de ello, teniendo en cuenta que la Dian asumirá que estas consignaciones son ingresos de la persona, y podrá tener que pagar un impuesto de un ingreso que no recibió.
"Para las personas declarantes de renta por primera vez será fundamental entender que el sistema tributario se establece por cédulas o secciones que buscan desagregar el ingreso total de acuerdo con su origen. Lo más importante será que la persona natural pueda identificar los diferentes tipos de ingresos que percibe, pues ellos tienen impacto en la información a declarar y en el potencial cálculo del impuesto, si le aplica", dijo Luis Fernando Calderón, profesor de la Universidad Javeriana.
Las diferentes fuentes de ingresos pueden provenir de actividades laborales, rentas de capital, ingresos por rendimientos financieros, por pensiones o por la recepción de utilidades a través de dividendos.
Calderon también recuerda que con la reforma tributaria, Ley 22- 77 de 2022, se realizaron cambios en los topes para aplicar a rentas exentas y deducciones, pero esto empezará regir para las declaraciones de renta que se presenten el próximo año. Las declaraciones que se presentan este año están regidas por la ley anterior.
"Las personas naturales podrán disminuir su tributación con estrictas limitaciones. Con los conceptos de rentas exentas y deducciones, como por ejemplo los intereses pagados a una entidad financiera por un préstamo o leasing para vivienda", ejemplificó.
"Como recomendación para las personas naturales que empiezan a declarar por primera vez, es que se acompañan y asesoren debidamente por un profesional de la contaduría pública experto en tributación con el horizonte de evitar errores u omisiones dada la complejidad del sistema tributario actual en Colombia".
Santiago Rodríguez, profesor de la facultad de administración de la Universidad de los Andes, destacó que las fechas de declaración están entre el 9 de agosto y el 19 de octubre, y el plazo irá dependiendo de los últimos números de la cédula. Las terminadas en 01 y 02 tendrá su vencimiento el 9 de agosto, y las personas que tienen su documento terminado en 99 o 00 tendrán plazo hasta el 19 de octubre.
También, comentó que la Dian tiene el programa Ayuda Renta, una herramienta en Excel para generar la declaración. Pero también hay aplicaciones que ayudan a elaborar la declaración, Rodríguez dio como ejemplo Tributi.
Sobre este tema, Martínez comenta que "se debe ser muy cuidadoso, si bien es cierto que existen programas como Ayuda Renta, esto no le da garantía a la persona de que declare bien sus ingresos, hay que hacer una depuración con unas limitaciones que establece la ley para las personas naturales".
De la misma forma, Martínez manifestó que es escéptico de los anuncios que realizan las entidades financieras sobre realizar la declaración de renta a sus clientes. "No tienen la realidad económica y financiera de cada una de las personas naturales. Hay que tener en cuenta que la renta exenta y los ingresos no pueden superar las 5.040 UVT sumadas, y si la persona simplemente hace una liquidación espontánea de sus ingresos menos gastos, y no tienen las limitaciones de rentas exentas, costos y deducciones, se va a hacer una liquidación mal de su declaración de renta".
"Lo mejor que puede hacer una persona natural que no tenga conocimientos básicos en renta es asesorarse de un contador público titulado que tenga experiencia en la elaboración de renta", concluyó Martínez, aspecto en el cual coinciden los demás profesionales.
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