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En qué casos es posible solicitar un cambio de régimen y cuál de las opciones resulta más favorable, son dos de las inquietudes más frecuentes entre los trabajadores
Uno de los temas más cruciales para todos los adultos, en especial hacia el final de su vida laboral, es el de la pensión, sin embargo, es también uno de los que más dudas generan, pues son varios los factores que se deben tomar en cuenta al momento de elegir un régimen de pensión, y cada caso es particular.
Según la abogada laboralista Sandra Ramírez la duda más frecuente al respecto tiene que ver con cuál es el régimen pensional más conveniente. Sobre el tema, la experta explicó que, muchas veces, cuando se inicia la vida laboral, “a las personas no les interesa en qué régimen están porque ven muy lejana una pensión, al no existir una visualización hacia el futuro”. Además, recordó que no solamente existe la pensión de vejez, sino también la de invalidez y de sobrevivencia.
Lo anterior es importante en la medida en que las personas, al cotizar para su pensión, lo hacen también para esas otras situaciones, y no solo la vejez. “Con la pandemia, muchas personas quedan con secuelas, y si tienen 40 años, y el virus llega a dejar una secuela invalidante en la que una persona no pueda volver a ejercer su trabajo, y ya tiene las semanas cotizadas, tiene derecho a una pensión de invalidez”, explicó la experta, para ejemplificar la importancia de las cotizaciones.
Otra de las dudas más frecuentes tienen que ver con el cambio de un régimen a otro. De hecho, una funcionaria de la Rama Judicial recordó que una de las razones por las que se reciben más demandas es el traslado de régimen, usualmente para pasar del Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (Rais) al de Colpensiones.
A la pregunta sobre si, al ser afiliado a un fondo privado de pensiones y estar a menos de 10 años de la edad de jubilación, se podría llegar volver a afiliarse al Régimen de Prima Media, Andrés Felipe Izquierdo, gerente de Integral Soluciones Pensionales (ISP), firma consultora especializada en pensiones y seguridad social, explicó que sí es posible, en el caso de que “el afiliado determine que no se le brindó información veraz, objetiva y oportuna acerca de la diferencia del método de cálculo de la mesada pensional, las restricciones legales que existen alrededor del cambio de régimen, tanto al momento de la afiliación como durante la vigencia de la misma. Se puede acudir a un juez de la República para que declare la nulidad de la afiliación a la AFP, y que restituya la afiliación al Régimen de Prima Media, de Colpensiones”.
Para aquellas personas que estén en una AFP y están dudando sobre si en cambiarse a Colpensiones o mantenerse en el fondo privado, Freddy Castro gerente de la Banca de las Oportunidades, sugirió evaluar tres factores antes de tomar la decisión. Estos son: “la probabilidad de llegar a cotizar las 1.300 semanas que pide Colpensiones, el ingreso actual y la proyección de ingreso que se tenga de los próximos 10 años”.
Otra duda frecuente tiene que ver con la base sobre la que se cotiza a pensión. Al respecto, Castro explicó que en el caso de las personas que tienen diversas fuentes de ingresos, pero solo cotizan con base en una parte, pueden quedar expuestas a una sanción de la Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales de la Protección Social (Ugpp), “que es como la Dian de la seguridad social, en la medida en que es la entidad que lleva control y registro de estos aportes”.
Finalmente, recordaron los expertos, otro de los puntos que generan más dudas en materia pensional, y en el que se cometen varios errores, tiene que ver con la afiliación. “Lo más frecuente es no ser consciente de su ingreso mensual, su condición y mercado laboral” agregó el gerente de la Banca de Oportunidades.
Por ello, y con el fin de evitar escenarios en los que los tiempos laborados no aparecen registrados como cotizados, Castro resaltó la importancia de hacer seguimiento constante a la historia laboral. “Mensualmente debería consultar en su administradora de pensiones para verificar que efectivamente se están haciendo sus aportes”, concluyó.
La ubicación de Colombia en el Índice Global de Pensiones
En la más reciente edición del Índice Mundial de Pensiones, publicado por Mercer, en colaboración con el CFA Institute, quien proporciona parte de la financiación, y el Centro Monash para Estudios Financieros, se evaluó el sistema pensional de 39 países. En la medición el sistema colombiano se ubicó en el puesto número 21 con 58,5 puntos, superando a otros de la región como Perú, Brasil, México y Argentina. En cambio, quedó por encima el sistema chileno, en la posición número 13.
Estas tienen una numeración, fecha de caducidad y un código de verificación o CVV que solo son válidos para una sola transacción
Clara Escobar, directora de Afic, advirtió que fraudes electrónicos, como el phishing, crecen pese a reducción del fraude tradicional