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TRANSPORTE

El valor del Soat tendría un incremento de 11,7% en 2023 según borrador de la SFC

miércoles, 28 de diciembre de 2022

Para las 14 categorías definidas en el artículo 1 del Decreto 2497 de 2022 seguirá rigiendo un descuento de 50%

Según un proyecto de circular publicada en la página web de la Superintendencia Financiera de Colombia (SFC) , a partir del 1 de enero de 2023 regiría un incremento del 11,7 % sobre el valor del Soat, respecto al precio que tenía en 2022.

Cabe aclarar que el Gobierno Nacional anunció que brindaría un descuento de 50% para 14 categorías de vehículos definidas en el artículo 1 del Decreto 2497 de 2022. Entre estas se encuentran ciclomotor; motos de 100 c.c. y de entre 100 y 200 c.c.; motocarro, tricimoto y cuatriciclo; autos de negocio; buses y busetas urbanos; y vehículos del servicio público intermunicipal.

El incremento del 11,7%, entonces estaría destinado únicamente para aquellos que no se encuentren dentro de dichas categorías.

Es decir, en el caso de una camioneta de nueve años de antigüedad y de menos de 1.500 c.c, cuyo Soat cuesta aproximadamente $653.500, tendría un aumento de $76.459 con el incremento del 11,7%. Para las camionetas de más de 2.500 c.c, que actualmente tienen un precio del Soat de $915.200, tendrían un aumento de $107.078.

El valor del Soat para la categoría de vehículos familiares, la cual tampoco hace parte de las 14 definidas por el Gobierno Nacional, gira entre $368.800 y $621.900. Lo que quiere decir que con el incremento que se está evaluando para 2023, el precio estaría entre $411.950 y $694.662 .

Uno de los cambios que se plantea en el proyecto de circular de la SFC, es que ahora el cálculo de la póliza se haría según los Salarios Mínimos Diarios Legales Vigentes(SMDLV). Hasta el momento este ajuste se venía realizando de acuerdo al aumento del salario mínimo.

Se obtuvo como resultado una suficiencia de prima de 57% para las categorías del rango diferencial y de 3.67% para las demás categorías, razón por la cual se ajustarán las tarifas máximas expresadas en SMDLV que serán aplicables para el año 2023, con el fin de mantener la estabilidad del esquema en cumplimiento de los principios de equidad, suficiencia y moderación que deben regir la determinación de las tarifas establecidos en la Ley.

Con esta posible modificación se quiere evitar que el precio de la póliza crezca un 16%, es decir, un Salario Mínimo Mensual Legal Vigente, para el próximo año.

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