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El Tribunal asegura que encontró suficientes pruebas que demuestran que los sancionados tuvieron la intención de afectar la libre formación del precio de especies
El Tribunal Disciplinario del Autorregulador del Mercado de Valores Colombia (AMV) sancionó a la sociedad Administradora de Fondos de Pensiones y Cesantías Protección S.A., y a sus personas naturales vinculadas: José Luis Bermúdez Bermúdez y José Luis Restrepo Ospina, por realizar operaciones de compra durante el cierre de tres acciones entre el 19 y 31 de marzo de 2020.
“La estrategia desplegada por las mencionadas personas consistió en realizar operaciones de compra durante las subastas de volatilidad y cierre de tres acciones (AAAA, BBBB y CCCC), ordenando el ingreso de las posturas unos segundos antes del inicio del período de cierre aleatorio, o durante dicho cierre y al precio límite superior”, indicó el tribunal.
Asimismo, la entidad asegura que encontró suficientes pruebas que demuestran que los investigados y sancionados tuvieron la intención de afectar la libre formación del precio de esas tres acciones y por esa vía lograron o produjeron el efecto de aumentar artificialmente el precio.
Según el pliego de cargos, el precio de la especie AAAA presentó una variación de 13,17% durante los últimos minutos de la subasta de cierre del 31 de marzo de 2020, pasando de $24.300 a $27.500. Esta estrategia se usó también para la especie BBBB los días 20 y 31 de marzo de 2020, en los que Protección compró 31,2% de esas acciones en el mercado abierto y 68,28% en subastas de cierre.
“Durante la subasta de cierre de la especie CCCC del 19 de marzo de 2020, faltando solo 33 segundos para el inicio del periodo de cierre aleatorio, José Luis Restrepo Ospina ordenó el ingreso de una intención de compra por 66.333 acciones, que aumentó el precio indicativo hasta 12,15%, incrementando la valoración”, señaló el AMV, liderado por Michel Janna Gandur.
Las sanciones impuestas por el Tribunal Disciplinario a los investigados fueron: A José Luis Bermúdez Bermúdez, la suspensión por el término de nueve meses del mercado de valores y una multa de 70 salarios mínimos mensuales legales vigentes, mientras que a Restrepo Ospina se le anunció la suspensión por seis meses y una multa de 50 smmlv.
Adicionalmente, se impuso a Protección S.A. una multa equivalente a 160 smmlv, la cual deberá pagarse dentro de los cinco días hábiles tras la firma de la resolución a una cuenta Bancolombia.
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