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SEGUROS

Conozca cómo funcionan las pólizas de arrendamiento durante la pandemia

martes, 23 de junio de 2020

Las aseguradoras deben cumplir con lo suscrito en sus productos para este segmento a pesar de que las partes no lleguen a un acuerdo

Juan Sebastian Amaya

La crisis económica y social generada por la pandemia causó muchas dudas entre las personas en cuanto a la situación de los contratos y las pólizas de arrendamiento. La principal inquietud gira en torno a qué pasa cuando el arrendatario incumple con el pago y cómo son las coberturas de los seguros por la coyuntura.

Gráfico LR

Para alivianar la situación actual, el Ministerio de Vivienda y el Ministerio de Comercio emitieron dos normativas que dictan los lineamientos para los contratos de arrendamiento residenciales y comerciales. El Decreto 579 propende que las dos partes (arrendador y arrendatario) busquen un acuerdo de pago sin el cobro de intereses de mora y con la prohibición de desalojos.

El Decreto 797 autoriza la terminación unilateral de contratos de arrendamientos en locales y comercios, con la condición de cumplir con un pago específico (la tercera parte) de la cláusula suscrita.

Para contribuir con la aclaración de cómo funcionan los seguros de arrendamiento en medio de esta coyuntura, desde el Ministerio de Vivienda explicaron que si una persona tiene un contrato con una aseguradora que le ampara el riesgo de incumplimiento en el pago por parte del arrendador, y ha cumplido las obligaciones con dicha aseguradora, le deben responder.

“Es equivocado afirmar que con ocasión de la pandemia opera la fuerza mayor de forma automática o general para todas las relaciones contractuales en el mundo entero. Cada situación debe ser analizada en forma independiente”, dijeron.

Desde Sura estuvieron de acuerdo en que para la solución de arrendamiento se deberán revisar uno a uno los contratos asegurados y la situación o circunstancias que rodeen al arrendador y al arrendatario.

“Nuestra recomendación es que se debe propender por llegar a acuerdos razonables entre las partes con el fin de pactar nuevas condiciones de pago en las obligaciones contraídas, otorgar mayores plazos de pago y otorgar periodos de gracia”, puntualizó Sura.

El subdirector de seguros generales y riesgos de Mapfre, Mauricio Malagón, señaló que aún durante la pandemia, la póliza de arrendamiento de la compañía cubre el incumplimiento en el pago de los cánones de arrendamiento y/o cuotas de administración ordinaria, pero aclaró que la cobertura a servicios públicos es aplicable cuando el inmueble es restituido al propietario.

De igual forma, resaltó que, si la póliza contratada dispone de coberturas adicionales (pérdida de arrendamiento por daño material, cláusula penal y/o daños y faltantes), los mismos son cubiertos.

“Desde el área de indemnizaciones de la compañía se ha virtualizado el proceso de reclamaciones y se reciben mediante correo electrónico. Mapfre honra sus obligaciones en materia de aseguramiento y de indemnizaciones sin invocar causas extrañas o fuerza mayor y ha definido un protocolo mediante el cual invita a las partes para que solucionen sus diferencias o situaciones de no pago. En caso que no se tenga éxito en esta labor, simplemente indemniza al afectado o arrendador”, comentó .

Malagón agregó que, según un pronunciamiento de la Superintendencia Financiera, sobre un arrendamiento comercial no opera la causal de exoneración de responsabilidad y de extinción de la obligación por fuerza mayor y, en consecuencia, el impago de los cánones de arrendamiento debe tratarse como una realización del riesgo asegurado que legitima al arrendador a recibir la indemnización de perjuicios correspondiente.

Finalmente, Fedelonjas aclaró que aunque se suspendan los cánones mensuales y el reajuste anual se haya aplazado hasta el 30 de junio, los contratos continúan vigentes.

Los riesgos en pólizas de arrendamiento subieron y no tendrán beneficios
A pesar de que la Superintendencia Financiera ordenó, como medida de alivios, a las compañías de seguros trasladar beneficios al consumidor por reducción de riesgos en algunas pólizas debido al aislamiento obligatorio, esta medida no aplica a los seguros de arrendamiento, porque en estos no se ha presentado una disminución en el riesgo, sino que por le contrario, aumentó.

Sura destacó que existe la posibilidad de un incremento de la prima de este producto, pero no ha hecho ajustes sobre las pólizas suscritas y emitidas.

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