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BANCOS

Así regulará la Superfinanciera a los conglomerados financieros locales y extranjeros

jueves, 7 de febrero de 2019

La implementación de la ley 1870 se realizará en tres etapas hasta 2020

Heidy Monterrosa Blanco

Desde ayer, entró en vigencia la Ley 1870 de 2017, la cual le dio mayores herramientas a la Superintendencia Financiera de Colombia (Superfinanciera) para supervisar los 13 conglomerados financieros identificados por la entidad, de los cuales cinco son locales y ocho son extranjeros.

De acuerdo con la Ley, entre los conglomerados nacionales están el de Sura - Bancolombia y el de Aval. Por su parte, en los internacionales están Scotiabank Colombia y GNB Sudameris Colombia (ver gráfico).

La implementación de la norma será por etapas. La primera de ellas inició ayer y se extiende hasta el 8 de noviembre.

Jorge Castaño, superintendente financiero, explicó que en esta primera fase a los nacionales se les asignará un código y se les notificará que serán vigilados. En cambio, los que tienen su matriz en el exterior tendrán tres meses para realizar un proceso de equivalencia, que consiste en acreditar que los estándares de supervisión de la entidad que los vigila son equiparables a los de Colombia.

“Si no logran la equivalencia, el conglomerado tendrá que montar una holding operativa en Colombia o en una jurisdicción equivalente. Si en mayo este proceso no se ha realizado, deberán cerrar su negocio en el país”, dijo.

Desde el 6 de febrero, la Superfinanciera obtuvo varias facultades una de estas es que cualquiera de los 13 conglomerados identificados requerirá de su autorización previa para hacer inversión de capital en entidades financieras. Otra es que puede requerir al holding financiero que haga un cambio en la estructura del conglomerado cuando no se pueda realizar la labor de supervisión o no se tenga información suficiente.

Una tercera facultad es que puede adelantar procesos de inspección a cualquier entidad del conglomerado financiero, sea vigilada o no por ella. Puede requerir información y aplica los mismos procesos que para una entidad vigilada.

LOS CONTRASTES

  • Jorge CastañoSuperintendente Financiero

    “Tendremos una mayor tranquilidad en términos de estabilidad y sostenibilidad del sistema financiero. Son estándares internacionales”.

La última, resultado de la primera etapa es que, una vez se cumplan los tres meses que les dieron a los conglomerados extranjeros, la Superfinanciera podrá ordenar una revocatoria de la licencia a la entidad vigilada en Colombia si no se cumple con el proceso de equivalencia o no se tiene la información suficiente.

Respecto a la Ley, el Conglomerado Financiero Sura - Bancolombia emitió un comunicado en el que calificó de positivo el hecho que el país incorpore prácticas con estándares nacionales, y que trabajará para cumplir con los nuevos requerimientos.

En la segunda etapa, que entra el 8 de noviembre, los holdings financieros deberán acreditar el capital adecuado para asumir los riesgos de su negocio, y en la tercera etapa, que comienza el 6 de febrero de 2020, los conglomerados tendrán que definir cuáles son sus entidades vinculadas y adoptar políticas de integridad y transparencia.

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