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Las personas que deseen aplicar a la oportunidad de traslados deben estar a menos de 10 años de la edad de pensión y tener al menos 750 o 900 semanas cotizadas
Ayer se publicó la Reforma Pensional en el diario oficial y como es normal, con todo cambio llegan preguntas, más si se trata de su futuro y de su vejez. Una de las más comunes es ¿hago parte de ese porcentaje al que se le abre la oportunidad de traslado entre regímenes con la nueva reforma pensional”.
Pues bien, las personas que quieran aplicar a la oportunidad del traslado deben estar a menos de 10 años de la edad de pensión y tener al menos 750 semanas cotizadas en el caso de las mujeres y 900 semanas en el caso de los hombres, a partir de la promulgación de la ley.
“A partir de hoy las mujeres mayores de 47 años que tengan más de 750 semanas, y los hombres mayores de 52 años que tengan más de 900 semanas tienen dos años para trasladarse de régimen (de Colpensiones a fondo privado o viceversa) si así desean hacerlo”, aseguró Daniel Wills, vicepresidente técnico de Asofondos.
Por tanto, si al 1 de julio de 2025 tiene 750 semanas, en el caso de las mujeres, o 900 semanas, en el caso de los hombres, estará en régimen de transición.
Si quiere cambiar su régimen debe seguir los siguientes pasos: en primer lugar debe verificar que su historial laboral esté completo. Si no lo está, debe contactar a la administradora para hacer el reporte.
En segundo lugar, debe verificar si aplica la oportunidad de traslado, es decir, si está a menos de 10 años de la edad de pensión y cumple con las semanas; y, por último, debe revisar hasta cuándo tiene plazo para el traslado, ya sea que desee cambiarse de Colpensiones a un fondo de pensiones o viceversa.
Una de las obligaciones para poder cambiarse de régimen es que debe realizar la doble asesoría. “Está aplicando exactamente igual, debe pedir asesoría en los dos lados y tiene que cumplir con todos los requisitos de la doble asesoría”, explicó Jorge Llano, vicepresidente de desarrollo de mercados de AMV.
La doble asesoría es una herramienta que le permitirá tener un panorama más claro de las diferencias y beneficios que recibirá a la edad de pensión según el régimen en que decida pensionarse. Le darán información clara e imparcial tanto el régimen público como el privado.
Por otra parte, para quienes están afiliados a Colpensiones y coticen por encima de 2,3 salarios mínimos y tengan menos de 750 semanas para mujeres y 900 semanas para hombres cotizadas al primero de julio de 2025, deben seleccionar una AFP para empezar a cotizar al componente de ahorro individual del pilar contributivo.
Por tanto, debe seleccionar la administradora de fondos de pensiones en la que va a realizar los aportes para pensiones sobre los 2,3 Smmlv. Si tiene menos de las semanas estipuladas y gana menos de 2,3 salarios mínimos mensuales vigentes, cotizará en Colpensiones, si estaba en una AFP, el saldo lo seguirá administrando el fondo privado y en el momento de pensión, el ahorro pasará a Colpensiones.
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