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Conozca los consejos para las personas independientes que declararán renta en 2024
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Conozca los consejos para las personas independientes que declararán renta en 2024

lunes, 5 de agosto de 2024

Conozca los consejos para las personas independientes que declararán renta en 2024

Foto: Gráfico LR

Verificar patrimonio e ingresos, entre los datos que debe contemplar. Sus costos y gastos deben estar respaldados con factura electrónica

El momento para declarar renta se acerca y pronto tendrá que informar a la Dian sobre sus ingresos, deducciones, y otros datos financieros relevantes. Aunque es una obligación en muchos casos tediosa, es indispensable para garantizar que los ciudadanos contribuyan al financiamiento de los servicios públicos y el bienestar social. Si usted es independiente, debe tener en cuenta algunos consejos que le ayudarán a cumplir con este trabajo.

“Lo primero que debe hacer es verificar si está obligado a declarar comparando los ingresos, patrimonio, consumos con tarjeta de crédito, compras y consignaciones bancarias con los topes establecidos por la Dian para el año correspondiente”, explicó Jorge Alejandro López, socio fundador de Sinalagma.

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Gráfico LR

Para 2024, están obligados a declarar quienes cumplan con los siguientes criterios: patrimonio bruto al último día del año gravable 2023 superiores a $190,8 millones; ingresos brutos del ejercicio gravable superiores a $59,3 millones; consumos a través de tarjeta de crédito mayores a $59,3 millones; compras y consumos superiores a $59,3 millones; y consignaciones bancarias o inversiones superiores a $59,3 millones.

Frente a los ingresos, la depuración tiene que realizarse por cédulas. “Existen tres canastas en donde el contribuyente deberá incluir ingresos, costos, gastos y beneficios de manera independiente”, explicó Camilo Andrés Gamboa, asociado Sénior de la práctica de Impuestos en GodoyHoyos- Goh.

Esas tres canastas corresponden, en primer lugar, a la cédula general, en donde entran las rentas de capital, las rentas de trabajo y las rentas no laborales; en segundo lugar, la canasta de pensiones; y en tercer lugar, la canasta de dividendos.

“En el caso de los independientes deben incluir sus honorarios en la cédula general, en particular en la de depuración asignada en la renta de trabajo”, añadió Gamboa. La segunda recomendación es frente a la depuración de los ingresos, el Estatuto Tributario le permite a los trabajadores independientes escoger la manera de depuración.

LOS CONTRASTES

  • Camilo Andrés GamboaAsociado Sénior GodoyHoyos - Goh

    “En el caso de los independientes deben incluir sus honorarios en la cédula general, en particular en la de depuración asignada en la renta de trabajo”.

  • Jorge Alejandro López CastilloSocio Fundador de Sinalagma

    “Lo primero que debe hacer es verificar si está obligado a declarar comparando ingresos, patrimonio, consumos con tarjeta de crédito y consignaciones”.

“La primera opción es restar los costos y gastos en los que incurrió el independiente para poder desarrollar su actividad y la segunda es poder aplicar 25% del ingreso como renta exenta, estas dos son incompatibles por lo que el independiente no debería poder aplicar las dos al mismo tiempo”, agregó Gamboa.

Como tercer punto, es indispensable recordar que los independientes también tienen la posibilidad de aplicar ciertas rentas exentas, como es el caso de los aportes a las cuentas AFC, los aportes a los seguros privados de pensiones y a los fondos voluntarios de pensiones, entre otros.

“Frente a las deducciones y rentas exentas tienen que tener presente que existe una modificación que se hizo con la ley 2277 de 2022, con ella las deducciones y rentas exentas están mucho más limitadas. Se conserva una limitación de 40% de la cédula general, pero la limitación máxima para las deducciones llega a las 5.040 UVT, es decir, $237,2 millones para 2024”, concluyó Gamboa.

Últimos pasos para su declaración de renta

El independiente debe reunir toda la documentación necesaria, como certificados de ingresos y retenciones, soportes de gastos y deducciones, certificados bancarios y tu RUT actualizado. “Acceda a la página de la Dian con tu usuario y contraseña y diligencia el formulario 210 con la información reunida. Completa el formulario, genera el borrador y fírmalo. Finalmente, presenta la declaración en línea y, si resultas con saldo a pagar, utiliza los medios autorizados para hacerlo”, explicó Jorge Alejandro López Castillo, Socio Fundador de Sinalagma.

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