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El proyecto busca modificar el Decreto 2555 de 2010 "en lo relacionado con sistemas de pago de bajo valor y las actividades vinculadas con estos servicios"
Imagine que está a punto de realizar una transferencia, le pregunta a la persona si maneja la billetera digital en la que usted tiene el dinero para transferir, y le dicen "no", ¿le ha pasado?, si su respuesta fue sí, seguro ha experimentado la molestia que esto genera, pues tiene que decidir si pagar la comisión por trasferir a otra entidad, o ver como consigue la misma billetera para no tener cobros extra.
Si le dijera que esto puede dejar de existir y ahora podría enviar dinero desde cualquier entidad a otra sin cobros adicionales y de forma inmediata, ¿me creería?
Pues precisamente de eso se trata el proyecto de decreto que publicó recientemente la URF, con el que busca modificar el Decreto 2555 de 2010 "en lo relacionado con sistemas de pago de bajo valor y las actividades vinculadas con estos servicios", para cerrar las brechas de inclusión financiera.
El proyecto va en línea con el sistema de interoperabilidad que está implementando el Banco de la República, en el que la idea es regular que las transacciones que se hacen entre personas no estén limitadas a que sean en un determinado Banco. En febrero, el Emisor se encontraba en la fase tres en la que se analizan y discuten las reglas necesarias para facilitar el funcionamiento del ecosistema de pagos inmediatos en Colombia y la promoción de la interoperabilidad.
Dentro del documento se estipulan varios puntos, entre ellos, el tema de interoperabilidad y transferencias inmediatas intra-entidad e inter-entidad, servicio que con el proyecto de decreto, debería ser prestado por entidades que cuenten con más de 2,5 millones de usuarios con productos de depósito como cuentas de ahorro, depósitos de bajo monto, depósitos de bajo monto inclusivos o depósitos ordinarios.
Según Colombia Fintech con esto se pretende atacar la llamada “comisión de infidelidad” que corresponde al cobro que realizan los bancos por transferencias de fondos hacia otras entidades competidoras, en contraste con aquellas transferencias gratuitas para aquellos movimientos que se realizan dentro de una misma red. De igual forma, busca que los grandes bancos ofrezcan pagos inmediatos interoperables para el beneficio de los usuarios.
El documento establece que las órdenes de pago o transferencias de fondos inmediatas intra-entidad deberán prestarse atendiendo los estándares y condiciones en materia de experiencia del cliente, establecidas por la Junta directiva del Banco de la República.
Por lo anterior, las entidades deberán incorporar lineamientos en materia de: tecnologías de acceso que permiten iniciar las órdenes de pago o transferencias de fondos inmediatas, mensajes de notificación, enmascaramiento de la identidad del beneficiario, procedimientos para la devolución y reversión de operaciones, y procedimientos para la atención de fraudes, errores, peticiones, quejas y reclamos.
Además, se aclara que todas las entidades deben abstenerse de tener algún trato discriminatorio entre las órdenes de pago o transferencias de fondos inmediatas intra-entidad e inter-entidad.
Algo importante es que las entidades que cuenten con más de cinco millones de usuarios con productos de depósito deberán incluir medidas específicas orientadas a mitigar el riesgo de interrupción en la prestación de los servicios relacionados con las órdenes de pago y transferencias de fondos de sus clientes.
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