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La normativa busca que las cooperativas promuevan la participación en los pagos digitales y el uso de sus servicios financieros por parte de sus asociados
En la página del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, a cargo de Ricardo Bonilla, se publicaron dos proyectos de decreto con los que se busca generar cambios relevantes en los sistemas de pago de las entidades financieras de Colombia, emitido por a Unidad de Proyección Normativa y Estudios de Regulación Financiera, URF.
El primer proyecto está enfocado en el sector solidario. La normativa busca que las cooperativas de ahorro y crédito y las cooperativas multiactivas e integrales con sección de ahorro y crédito promuevan la participación en los pagos digitales y el uso de sus servicios financieros por parte de sus asociados.
Para lograrlo, deben adquirir sistemas de pago que les permitan a sus asociados realizar órdenes de pago y transferencias de fondos con asociados de otras cooperativas o clientes de entidades financieras vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia, garantizando seguridad, calidad, transparencia y eficiencia en las transacciones no presenciales.
Por otro lado, el proyecto plantea que las entidades solidarias deben proporcionar a la Superintendencia de la Economía Solidaria la información necesaria para comprender la participación de sus entidades vigiladas en el sistema de pagos.
Esta información incluirá el número y el valor de las transacciones monetarias realizadas por sus asociados a través de cada uno de sus canales de distribución, así como la identificación de los sistemas de pago de bajo valor con los que la cooperativa está vinculada, ya sea directa o indirectamente, entre otros aspectos relevantes. Es importante destacar que las entidades del sector solidario tendrán un plazo de entre seis y nueve meses para comenzar a ofrecer estos servicios transaccionales.
El segundo borrador de decreto disponible en el sitio web del Ministerio de Hacienda propone nuevas regulaciones para los sistemas de pago de bajo valor y las actividades relacionadas con este servicio. Con estas normas, la URF busca ampliar las opciones para que las entidades puedan ofrecer su servicio y puedan hacer frente a posibles interrupciones en el funcionamiento de estos sistemas.
Se define un sistema de pago como un conjunto organizado de políticas, reglas, acuerdos, instrumentos y componentes tecnológicos que facilitan la transferencia de fondos entre los participantes del sistema. En la sección de adquirencia, se busca vincular a los comercios con tecnologías para procesar órdenes de pago o transferencias de fondos a través del sistema de pago de bajo valor.
La normativa de la URF establece que la actividad de adquirencia puede ser realizada por establecimientos de crédito, sociedades especializadas en pagos electrónicos, cooperativas de ahorro y crédito, y cooperativas multiactivas e integrales con sección de ahorro y crédito de categoría plena. En el documento también exigen que las entidades cuenten con sistemas adecuados para gestionar los riesgos inherentes a su actividad, incluyendo planes de contingencia y seguridad informática, para garantizar la continuidad operativa y mitigar los riesgos crediticios, legales, de liquidez, operativos y sistémicos.
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