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La Superfinanciera lanzó un plan a partir de agosto para que los deudores con disminución de ingresos accedan sin afectar su historial
Las personas con créditos bancarios y que ya habían recibido periodos de gracia en sus productos debido a la coyuntura continuarán con la posibilidad de ampliar su margen de beneficios gracias al nuevo Programa de Apoyo al Deudor (PAD), creado por la Superintendencia Financiera.
Además de la opción de expandir los periodos de gracia o prórrogas en los pagos, los deudores podrán redefinir o reestructurar sus créditos sin más intereses y cuotas más bajas, dependiendo de la afectación en sus ingresos.
El superintendente Financiero, Jorge Castaño, aseguró que, con el PAD, ya no se castiga al deudor que modifica las condiciones de su crédito y estas se pueden cambiar en función de las nuevas capacidades de pago de quienes tuvieron afectación en sus ingresos.
“Es una solución de fondo porque ayuda a que se redefinan los créditos para que las medidas se apliquen durante el tiempo restante de la vida del crédito. Lo que estamos permitiendo es que los créditos puedan tener un mayo plazo, a la misma tasa de interés y con una cuota más baja para que la carga financiera de la persona, hogar o empresa reconozca esta nueva situación de su ingreso”.
Además, si más adelante el deudor mejora su ingreso, tiene la posibilidad de prepagar la obligación sin ningún tipo de penalidad y de acceder a créditos nuevos si mantiene su buen comportamiento de pago.
En cuanto a los periodos de gracia, Castaño manifestó que son opcionales, pero para los deudores más afectados y que no tienen generación de ingresos, como las personas que perdieron su empleo, restaurantes, hoteles y empresas de eventos o de transporte escolar, habrá mayores flexibilidades.
“A esas personas o empresas sí les va a servir mucho un periodo de gracia más largo. A pesar de que la Superfinanciera los permite, no los hace obligatorios porque dependen de la capacidad de pago, pero con el PAD, las condiciones del deudor permiten que los bancos se los ofrezcan”, comentó.
El funcionario recordó que los periodos de gracia bajo la Circular 007 y 014 (emitidas al inicio de la crisis) se pueden seguir adquiriendo hasta el 31 de julio y que, desde agosto y hasta diciembre, el PAD complementa esa opción que se puede extender hasta el próximo año.
“El promedio de prórroga es de 4,2 meses y cerca de 75% de estos comienzan a expirar entre agosto y septiembre. Los periodos de gracia pueden durar lo que la entidad considere (tres o seis meses, o incluso más allá de 2020)”, puntualizó Castaño.
Otro beneficios es que, antes de esta normativa, si una persona reestructuraba su crédito, tenía una afectación en la calificación de riesgo crediticio que el banco generaba, pero, hoy, a la hora de modificar el producto, no habrá dicho aumento en la percepción negativa.
Al respecto, la expresidente de Asobancaria, María Mercedes Cuéllar, comentó que el PAD “es muy positivo porque, en este momento, hay que brindar liquidez y oportunidades de acceso al crédito por las bajas opciones de generación de ingresos”.
Los nuevos beneficios para las empresas con problemas de pago
Normalmente, cuando una empresa entra en proceso de insolvencia o reorganización, automáticamente el banco acreedor la calificaba como un “deudor incumplido”, lo que hacía más costoso que esa compañía pudiera renegociar sus créditos o acceder a nueva financiación.
Con el nuevo PAD, en el caso de que la empresa esté en crisis por la coyuntura, pero siga siendo viable, no obtendrá esa baja calificación inmediata y se le habilitará una revisión por riesgo según su situación financiera, activos y garantías que ofrezca.
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