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En 25 países, los fondos cobran las comisiones sobre los activos de los trabajadores, mientras que en cuatro sobre los salarios
Los cobros que hacen las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) por administrar los recursos de los colombianos están en medio del debate de las próximas elecciones, pues en Colombia, según lo que se establece en las cifras de la Superintendencia Financiera de Colombia (SFC), los fondos cobran una tarifa de 3% sobre el Ingreso Base Disponible (IBC), que se destina para el pago de comisiones de administración y un seguro previsional. El cobro asciende a 4,5% si se tienen en cuenta los aportes al Fondo de Garantía de Pensión Mínima.
Sin embargo, parte de la discusión, y que será importante dentro del debate pensional que está en el centro del próximo gobierno, es por qué la comisión se cobra sobre el monto del ingreso y no sobre el monto administrado por las AFP.
Las cifras que reportó la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (Ocde) para 2021, evidencian que, dentro 27 países que hacen parte de la organización, solo en cuatro las AFP cobran comisiones sobre el ingreso de los trabajadores, incluyendo a Colombia.
Los otros tres países en los que los fondos hacen el cobro sobre los salarios son Chile, Perú y República Dominicana, naciones en las que también se hace un cobro sobre los activos de los trabajadores.
De hecho, en 25 de los 27 países en los que se hizo el estudio, los fondos de pensiones cobran las comisiones sobre los activos de los trabajadores, tales como México y Hungría.
Entre tanto, en ocho los cobros se hacen sobre las contribuciones, dentro de los que se incluye a Bulgaria y Rumania; y en siete el cobro se hace sobre los rendimientos obtenidos.
¿Qué tarifas se cobran en Colombia?
De acuerdo con lo registrado en la Superintendencia Financiera de Colombia, en el país las AFP cobran una tarifa de 3% sobre el Ingreso Base de Disponible (IBC), recursos que se destinan para el pago de la comisión de administración y el pago del seguro previsional.
Además de lo anterior, se cobra una tarifa de 1,5% sobre el IBC para el Fondo de Garantía de Pensión Mínima, el cual permite garantizar una mesada pensional para aquellas personas que cumplan con la edad y las semanas, pero cuyo capital acumulado no sea suficiente para pensionarse.
De esta forma, 11,5% del Ingreso Base de Cotización es el que se destina al abono en la cuenta individual.
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