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El articulado propone impulsar el sistema de pagos, modernizar el sector financiero y fortalecer las autoridades en esta actividad
El Ministerio de Hacienda y Crédito Público radicó ante el Congreso de la República el proyecto de ley que reforma el sistema de pagos y el mercado de capitales.
Dicho proyecto se divide en cuatro pilares centrales entre los que se encuentra impulsar el sistema de pagos y la inclusión financiera, desarrollar el mercado de capitales, modernizar algunos subsectores del sistema financiero y fortalecer el marco institucional de las autoridades financieras.
Dentro del servicio de pagos, se establece una regulación de transacciones como transferencias de fondos a través de cuenta o depósito, compensación y liquidación de órdenes de pago.
El Ministerio de Hacienda podrá dictar normas que regulen a las entidades prestadoras de servicios de pago para controlar la divulgación y publicidad de las tarifas, precios, comisiones, cargos, cobros o cualquier otra retribución equivalente que estas apliquen a los consumidores.
El proyecto también establece derogar todas las funciones de regulación de la Comisión de Regulación de Comunicaciones sobre giros nacionales, giros internacionales y los giros en efectivo prestados por los operadores de servicios postales de pago, así como cualquier otro servicio que implique el envío de dinero.
Además, faculta a la Superintendencia Financiera de Colombia (SFC) y a la Superintendencia de la Economía Solidaria para vigilar y controlar toda entidad prestadora de servicios de pago.
En cuanto al desarrollo del mercado de capitales, el articulado busca aumentar el poder regulatorio de la SFC, por lo que la entidad reguladora tendrá que autorizar movimientos como el otorgamiento de préstamos con sus propios recursos para financiar la adquisición de valores, celebrar compraventas con pacto de recompra sobre valores, administrar valores con el propósito de realizar el cobro del capital y sus rendimientos y reinvertirlos de acuerdo con las instrucciones del cliente, administrar portafolios de terceros, ejercer la actividad de asesoría en el mercado de valores y actuar como intermediarios del mercado cambiario en las condiciones que determine la Junta Directiva del Banco de la República.
Además, las Cámaras de Riesgo Central de Contraparte constituidas en Colombia podrán prestar sus servicios respecto a operaciones sobre todo tipo de valores, títulos o instrumentos financieros, que se celebren en una bolsa de valores.
En cuanto a la enajenación de la propiedad accionaria estatal de empresas listadas en Bolsa de Valores, el Gobierno lo hará por su precio de mercado, de acuerdo con las ofertas que reciba por las mismas en la respectiva operación de subasta o martillo, y podrá adelantar el proceso de construcción de dicho precio según los usos y prácticas internacionales.
Respecto a la modernización del sistema financiero, el proyecto de ley faculta a la Junta Directiva del Banco de la República para crear y administrar los indicadores de referencia, tales como el Indicador Bancario de Referencia (IBR) en reemplazo de la DTF (tasa de los depósitos a término fijo). Los instrumentos financieros, las operaciones y los demás contratos o actos que hagan referencia o utilicen la DTF podrán modificarse por quienes intervienen en estos para acordar un índice.
El cuarto pilar busca robustecer el marco institucional, relacionado con un fortalecimiento de la capacidad operativa, tecnológica y de capital humano de la Unidad de Proyección Normativa y Estudios de Regulación Financiera (URF), así como ampliar las funciones jurisdiccionales de la Superfinanciera y actualizar su régimen sancionatorio.
La enajenación de empresas estatales
Uno de los puntos destacados dentro del proyecto de ley para reformar el mercado de capitales es la flexibilidad en la enajenación de compañías del Estado. Para José Ignacio López, jefe de investigaciones económicas de Corficolombiana, “hay unos elementos interesantes en temas de mayor flexibilidad a la hora de enajenar empresas estatales, así como el fortalecimiento de la regulación del sistema financiero. Sin embargo, aunque va en la dirección correcta, se debe evaluar el alcance real que va a tener de aquí en adelante”.
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