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Si un empleado renuncia o es despedido antes de fin de mes, tiene derecho a recibir la parte proporcional de la prima de mitad de año equivalentes a 15 días de salario por semestre
La tan anhelada prima está por llegar y muchos beneficiarios de este ingreso ya están haciendo cuentas con ese dinero: ahorrar, salir de vacaciones y aliviar cargas financieras, son las principales opciones para destinar la prima.
Todos los empleados contratados por una empresa bajo un acuerdo laboral distinto al de prestación de servicios tienen derecho a recibir la prima, la cual equivale a un salario de 15 días por cada semestre trabajado.
Es por esto que si renuncia o el trabajador es despedido antes del 30 de junio, igual será acreedor de la prima. “Si un empleado renuncia o es despedido antes del 30 de junio, tiene derecho a recibir la parte proporcional de la prima correspondiente al tiempo trabajado en ese semestre”, explicó Sarita González, asistente legal en Riveros Victoria Abogados.
El Código Sustantivo del Trabajo establece que la prima debe ser pagada incluso si el trabajador es desvinculado antes de las fechas de pago establecidas (junio y diciembre). Por ende, el cálculo de la prima debe ser proporcional al tiempo efectivamente trabajado en el semestre. Cabe aclarar que el pago se recibirá cuando la persona obtenga la indemnización.
El número de trabajadores que reciben este beneficio no es menor, pues, según Asofondos, hay 10 millones de trabajadores que recibirían su prima. “Serán $13,5 billones que recibirán los trabajadores por concepto de la prima”, dijo Daniel Wills, VP técnico y de estudios económicos de Asofondos.
Es importante que las personas planeen de manera adecuada sus finanzas. “La prima de servicios se usa para invertir en educación, vivienda, vestuario, pago de obligaciones financieras e incremento del patrimonio, evitando deudas innecesarias”, aseguró Gina García, gerente de GLR Abogados.
Camilo Cuervo, socio de Holland & Knight, explicó que esta es una responsabilidad administrativa. “Puede ser sujeto a sanciones por parte del Ministerio de Trabajo por no cumplir con la normativa laboral. Eventualmente, el trabajador también podría renunciar alegando un incumplimiento sistemático de obligaciones, si el incumplimiento persiste, el trabajador puede aspirar a que se le pague una indemnización, por lo que comúnmente se conoce como despido indirecto”, explicó el socio.
Para los trabajadores cuyos contratos hayan finalizado sin el pago puntual de la prima de servicios, una indemnización moratoria equivalente a un día de salario por cada día de retraso en el pago de la prima de servicios, contada desde la finalización del contrato y hasta un máximo de dos años; y/o intereses moratorios a la tasa máxima de créditos de libre asignación certificada por la Superintendencia Financiera.
Antes de llegar a estas instancias, es necesario acudir al Inspector del trabajo, para llegar a un acuerdo de conciliación, y posteriormente, si es necesario acudir a la justicia ordinaria laboral. “El incumplimiento de las normas laborales genera multas de uno hasta 5.000 Smmlv al empleador”, aseguró García.
La prima equivale a 15 días de salario por semestre. Para calcularla, se multiplica el salario base por los días trabajados y se divide el resultado entre 360. Si el trabajador recibe un salario diario, el monto de la prima se calcula multiplicando el salario diario por las 4,33 semanas del mes, por los días trabajados a la semana y por los 180 días del semestre. Luego, este monto se divide en 360.
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