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Hasta el 14 de febrero, los empleadores tienen para pagar las cesantías. Los empleados podrán decidir si quieren permanecer en el fondo
Algunos empleados pueden percibir los trámites relacionados con afiliaciones y retiros como complicados y llenos de documentación. Sin embargo, hay casos, como el traslado de dinero entre fondos de cesantías, que pueden ser más sencillos de lo que se imagina.
En primer lugar, es importante aclarar que, a diferencia de las afiliaciones al fondo de pensión, un empleado puede tener tantas cuentas de cesantías como empleos que haya tenido.
Además, Erik Moncada, vicepresidente de Clientes y Operaciones en Porvenir, explicó que “la permanencia de un trabajador a una Administradora de Cesantías es voluntaria, razón por la cual, en cualquier tiempo se puede realizar este cambio si el afiliado así lo desea”.
El procedimiento se surte mediante el diligenciamiento de los formularios de traslado dispuestos por el fondo de cesantías al cual se quiere pasar el trabajador. “No hay límite de tiempo de traslados entre AFP y Fondo Nacional del Ahorro, FNA”, agregó el vicepresidente. Sin embargo, desde el FNA debe tener permanencia mínima de tres años y sin créditos vigentes para autorizar el traslado hacia una AFP.
Por otra parte, los trabajadores deben tener presente que los empleados son los que eligen su fondo. “Toda persona que tenga un contrato de trabajo tiene derecho a elegir en qué fondo de cesantías desea que su empleador se las consigne. Para ello, puede escoger entre un fondo privado o una entidad pública que administre cesantías”, explicó.
Considerando esto, si se desea efectuar un cambio de fondo, los procedimientos son simples: en primer lugar, es necesario identificar el fondo al que se pretende trasladar; en segundo lugar, consultar en el sitio web de la institución los pasos a seguir para llevar a cabo el proceso, el cual generalmente concuerda con el de inscripción, y verificar también si es factible realizarlo de manera electrónica o si requiere presencia física.
En tercer lugar, debe proceder con el proceso mencionado, ya sea completando electrónicamente el formulario de afiliación o consultando a un asesor en las instalaciones del fondo seleccionado. Finalmente, suministrar cualquier documentación adicional requerida, como una copia de la cédula de identidad o información del empleador.
Vale tener en cuenta que el traslado entre el portafolio de corto plazo y largo plazo sí tiene unos tiempos de permanencia mínima. Si el afiliado está en el fondo de corto plazo y quiere mover su dinero al de largo plazo, debe tener una permanencia mínima de seis meses. “En caso contrario, que esté en el portafolio de largo plazo y quiera pasar al de corto, debe tener una permanencia mínima de un año”, explicó Moncada.
Las cesantías son una prestación social a la que tiene derecho todo trabajador con un vínculo laboral y corresponde a un mes de salario por cada año de servicio prestado. “Son una prestación social a la que tienen derecho los trabajadores formales en Colombia y se convierten en uno de los mayores impulsores para que estos alcancen metas trascendentales”, explicó Ángela Maya, líder de ahorro de Protección.
Este dinero es considerado un aliado con el que cuentan los colombianos para afrontar momentos de desempleo, pero también sirve para proyectos relacionados con vivienda y estudio. Este es un ahorro con propósito y, por ello, los analistas aseguran que lo mejor es que a la hora de disponer de estos recursos se haga de manera responsable. Los empresarios tienen hasta este 14 de febrero como plazo máximo para consignar el pago a sus empleados.
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