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Reforma pensional 2025: estos son los cambios que trae el borrador de decreto
Las comisiones que cobrarán las Accai fueron diseñadas para disminuir con el tiempo. El valor solo podrá descontarse de los rendimientos de los últimos cinco años
El Gobierno Nacional expidió un borrador de decreto que reglamenta aspectos técnicos de la reforma pensional establecida en la Ley 2381 de 2024, que entrará en vigencia el próximo 1° de julio del año en curso.
Este nuevo sistema introduce importantes cambios en la administración de las pensiones, particularmente en lo relacionado con la selección de las Administradoras del Componente Complementario de Ahorro Individual, Accai, las comisiones que regirán en el nuevo sistema, y el futuro de los pensionados bajo respaldo de Colpensiones.
El borrador de decreto llega con cambios que no estaban proyectados desde que la ley fue firmada por el presidente Gustavo Petro en julio de 2024.
Entre los cambios que presentó la cartera laboral en el borrador, están las modificaciones de las comisiones que recibirían las Administradoras de Fondos de Pensiones, AFP, que con la ley anterior, quedaban en 0,7%.
Con el nuevo proyecto de decreto, la comisión por los saldos administrados, pasó de 0,7% a 0,5%. Inicialmente, la reforma establecía que, tan pronto entre en vigencia, por los recursos de los afiliados que integren el pilar contributivo en su componente de prima media, los fondos privados tendrán como comisión de administración máximo 0,7% sobre la totalidad de los activos bajo administración y hasta el momento en que se consolide la pensión integral de vejez del ciudadano.
Lo segundo es que la comisión que cobrarán las entonces Administradoras Complementarias del Componente de Ahorro individual será de 0,8% y llegarán a 0,04% en los próximos 20 años.
El borrador plantea que la selección de la Accai puede realizarse de manera física o electrónica y, una vez efectuada, implica la aceptación de sus condiciones por parte del afiliado. No obstante, se permite el retracto dentro de los cinco días hábiles siguientes a la solicitud de elección o traslado, garantizando la libertad de elegir dentro del nuevo sistema.
Así, quienes se afilien al sistema después del 16 de enero de 2025 y coticen por encima de 2,3 salarios mínimos legales mensuales vigentes, deberán seleccionar su Accai.
En caso de no hacerlo, la Unidad de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social, Ugpp, les asignará una entidad de manera aleatoria, según el sistema de reparto definido en el decreto 1225 de 2024 con la ley vigente.
Los afiliados a Fonprecon que superen el umbral de 2,3 salarios mínimos y no estén dentro del régimen de transición tendrán hasta el próximo 30 de junio de 2025 para seleccionar una Accai de su preferencia.
El borrador de decreto señala que quienes ya estén pensionados bajo el régimen de Colpensiones mantendrán su estatus sin cambios. Asimismo, aquellos afiliados que no se encuentren dentro del régimen de transición serán migrados automáticamente al nuevo sistema sin necesidad de diligenciar un nuevo formulario. Las Administradoras del Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad deberán transferir toda la información de estos afiliados a Colpensiones antes del 1 de junio de 2025. Esto incluirá los datos básicos del afiliado, así como historial laboral y datos de vinculación al sistema.
En cuanto a los pensionados por invalidez,el borrador establece que Colpensiones podrá revisar su estado cada tres años hasta que cumplan los requisitos para la pensión de vejez.
El documento también establece la obligación de las Accai de remitir información trimestral consolidada a los afiliados, garantizando transparencia en la gestión de las cuentas individuales.
También se plantean reglas para la transferencia de aportes y rendimientos en caso de traslado entre administradoras, asegurando que los recursos de los afiliados se mantengan protegidos totalmente. En cuanto a las empresas y empleadores, estos podrán solicitar información a los operadores de pago para verificar el régimen de sus colaboradores.
El presidente y magistrado de la Corte Constitucional, Jorge Enrique Ibáñez, presentó en la Sala Plena del alto tribunal la ponencia en el caso de la reforma pensional, el pasado viernes 14 de febrero a las 5:00 PM. El documento es objeto de reserva, por lo que los miembros de la Corte no pueden referirse al mismo hasta que se tenga un decisión final.El alto tribunal tiene 60 días después de presentada la ponencia para fallar. Cambio estableció que la ponencia busca declarar la inexequibilidad de la norma por los vicios presentados.
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