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Las mujeres tendrán condiciones especiales, dado que se les sumará 50 semanas por cada hijo, eso sí, sin que supere los tres hijos
El borrador de la reforma pensional también aclara cuáles serán las condiciones que tendrá el régimen de transición, una vez sea aprobado el nuevo sistema que se propone.
Según el artículo 76, a las personas que a la entrada en vigencia de este sistema cuenten con 1.000 semanas cotizadas se les continuará aplicando en su totalidad la Ley 100 de 1993.
Para contar estas 1.000 semanas se tendrán en cuenta los periodos que se cotizaron en cualquiera de los regímenes pensionales de la mencionada ley. Las personas que no cuentan con por lo menos 1.000 semanas cotizadas se les aplicará lo dispuesto en lo que se apruebe en el nuevo sistema.
Además, el proyecto dice que las personas que se beneficien del régimen de transición y que les falten menos de 10 años para tener la edad de pensión, tendrán dos años para trasladarse de régimen respecto de la normatividad actual, contando con la doble asesoría que existe hoy en día.
El analista Carlos Manuel Uribe, experto en pensiones, dijo que es importante este periodo de transición que trae la reforma y aseguró que “abre la posibilidad para que cientos de miles de personas hagan reasesoría para su traslado”.
“Los valores contenidos en las cuentas de ahorro individual de las personas que hagan uso de este mecanismo seguirán siendo administradas por las Administradoras de Fondos de Pensiones hasta el momento en que se consolide la pensión integral de vejez”, añade el documento.
Beneficios para las mujeres
La ministra de Trabajo, Gloria Inés Ramírez, también dijo que las mujeres tendrán condiciones especiales y tendrán una reducción en la cantidad de semanas mínimas. En específico, se les sumará 50 semanas por cada hijo, eso sí, sin que supere los tres hijos. Es decir, el máximo podrán ser 150 semanas compensadas por el trabajo de cuidado.
“Estamos trabajando en la estrategia dentro de la reforma pensional, conocida como un sistema de la compensación, lo que significa, que haya una contraprestación para las mujeres por cada hijo criado”, había dicho previamente la funcionaria.
El proyecto aclara que este beneficio será para las mujeres que cumplan la edad mínima para acceder a la pensión y no tengan las semanas establecidas en el componente de prima media del Pilar Contributivo, por cada hijo nacido vivo o adoptivo.
Este beneficio no podrá ser utilizado para incrementos adicionales a las semanas mínimas requeridas con el fin de aumentar la tasa de reemplazo.
Por último, las pensiones de invalidez y de sobrevivientes continuarán, pero ahora serán reconocidas por Colpensiones.
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