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El máximo tribunal tuvo en cuenta que ambas compañías argumentaron que el funcionario había emitido conceptos fuera de la actuación judicial
El Tribunal Superior de Bogotá negó la recusación interpuesta por el Grupo Sura y el Grupo Argos en contra de la Superintendencia de Sociedades, empresas que consideran que unas declaraciones del superintendente Billy Escobar pueden perjudicar el proceso que actualmente lidera la delegatura para procedimientos mercantiles.
El máximo tribunal tuvo en cuenta que ambas compañías argumentaron que el funcionario había emitido conceptos fuera de la actuación judicial del proceso que adelanta el órgano de control.
Vale recordar que el representante del Grupo Sura argumentó que Escobar opinó sobre los procesos que actualmente se investigan, tras una demanda que interpuso una empresa del Grupo Gilinski por la elección de la junta directiva del Grupo Nutresa en la asamblea de accionistas que se realizó en julio de 2022.
El apoderado de Sura dijo que dado el “mal diseño estructural” de la Supersociedades, el Superintendente termina por orientar y fijar los lineamientos de la Delegatura de Procedimientos Mercantiles, que lleva el caso, por lo que sus pronunciamientos “en muy buena medida influyen en las actuaciones de sus subalternos, tales como sus delegados”.
Sin embargo, el magistrado Juan Pablo Suárez, consideró que las manifestaciones “no pueden ser consideradas ‘conceptos, entendimientos, ideas, opiniones y juicios’, en la medida en que no fueron expuestas de manera categórica, sino hipotética”.
Por su parte, el apoderado de Grupo Argos, recusó al superintendente Delegado de Procedimientos Mercantiles, Carlos Mantilla, y que previamente adelantó gestiones para establecer si las empresas del Grupo Empresarial Antioqueño pertenecen a una misma estructura de control o grupo empresarial.
No obstante, para el magistrado estas averiguaciones se habrían realizado en ejercicio de las atribuciones legales de la Supersociedades.
Hace menos de un mes, Tribunal había inadmitido una demanda de Sura
En abril, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca no admitió una demanda interpuesta por EPS Suramericana y Grupo de Inversiones Suramericana en contra de la Superintendencia de Salud. Según destacó la autoridad, en el acápite de “Notificaciones” del escrito de la demanda “solo figuran las direcciones de los correos electrónicos para notificaciones judiciales de la parte demandante y la entidad demandada, sin que se encuentren los lugares y las direcciones donde estas reciban notificaciones personales”. Tras este error, el Tribunal inadmitió la solicitud.
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