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La Unión General de Trabajadores de España calculó la cifra que deja de cobrar Seguridad Social y el sueldo que no perciben
El modelo de contratación, o no contratación, de las compañías que trabajan bajo el esquema de economía colaborativa, en particular las de reparto y transporte, está en debate desde su implementación. Incluso motivó más de un reclamo y fallo judicial sobre la consideración de estos ‘socios’ como empleados. Un informe en España estimó en hasta 168 millones de euros (aproximadamente US$184 millones) el ahorro de estas plataformas debido a este mecanismo laboral.
Según un estudio elaborado por la Unión General de Trabajadores (UGT) española, los riders cobran hasta 92 millones de euros menos al año (alrededor de US$101 millones) al no estar contratados y trabajar como autónomos. En tanto, también considera que la Seguridad Social pierde hasta 76 millones de euros (US$83 millones) por este método.
Para elaborar este cálculo, tomó en cuenta la cantidad de personas que se desempeñaron en 2018 en estas plataformas de reparto utilizando como base el informe "La contribución económica de las plataformas de delivery en España" de Adigital. De estos 14.337 trabajadores, estimaron que cada uno cobra el salario mínimo español (SMI, por sus siglas), dato que cotejaron mediante entrevistas con 54 personas que se desempeñan en cuatro firmas del sector (Deliveroo, Glovo, Uber Eats y Stuart Foods).
El sindicato detalla que, en caso de estar contratados, estos empleados cobrarían el salario del convenio de Hostelería que es de entre 1.435 euros (US$1.580) y 12.954 euros (US$14.260). En cambio, apunta que, por estar en el régimen laboral de las plataformas digitales de reparto, cada trabajador percibe ingresos brutos medianos por 10.800 euros (casi US$12.000).
En el supuesto más bajo, detalla el informe, el ahorro de las compañías rondaría los 86 millones de euros, unos 28,5 millones de euros por sueldos y un 57,6 millones de euros de no aportes a la seguridad social.
El mes pasado, un repartidor consiguió, por primera vez en España, un fallo favorable contra una de estas plataformas. Según El País, el Juzgado de lo Social n° 1 de Gijón determinó que entre Glovo y un rider al que había despedido existía una relación laboral. Del lado de las compañías, hacen hincapié en que no hay vínculo porque los repartidores eligen cuándo y cuánto tiempo trabajar utilizando la aplicación.
California sentó un precedente durante el último mes tras la aprobación de un proyecto de ley que insta a las firmas de este sector a tratar como empleados a sus ‘socios’. No solo involucra a las plataformas, sino a todas las empresas que forman parte de la gig economy. Esta semana fue rubricada por el gobernador estatal, Gavin Newson, y puso en alerta a más de una compañía.
En la Argentina, el reclamo de los trabajadores por el vínculo laboral encubierto incluso motivó la creación de un sindicato, la Asociación de Personal de Plataformas (APP), en octubre de 2018. Rappi, Glovo y PedidosYa fueron suspendidas por la Justicia en agosto pasado luego de que no presentaran su lista completa de personal y la constancia de haber entregado los elementos de seguridad vial exigidos por la ley.
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