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Avances en la regulación del crowdfunding, el financiamiento de capital colectivo

martes, 6 de octubre de 2020
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Perú

Fueron cinco las empresas que se acogieron a la norma de la SMV ya que venían realizando estas actividades, con la finalidad de no afectar las operaciones

Gestión - Lima

Antes de fin de año deberían estar listo la regulación para el crowdfunding, conocido por su mecanismo de participación colectiva para la financiación, así lo indicó Carlos Rivero, superintendente adjunto de Investigación y Desarrollo de la Superintendencia de Mercado de Valores (SMV).

Como se recuerda a inicio de año se emitió el Decreto de Urgencia 013-2020 para el financiamiento de mipymes, startups y emprendimientos, el mismo que establece que la SMV emitirá las normas complementarias para su aplicación.

Al respecto, Carlos Rivero detalló que para asegurar la operatividad en el mercado con las empresas que ya realizaban este tipo de operación, vía las plataformas de financiamiento participativo, se emitió una resolución (Resolución 005-2020-SMV) el 22 de abril.

“La idea era asegurar en el mercado a las plataformas que ya tenían operaciones, en este caso hacían préstamos, no equity ni otras operaciones, por ello se les brindó un salvoconducto a las empresas”,
expresó en el Latin Forum Fintech, organizado por Emprende UP.

En base a ello, fueron cinco las empresas que se acogieron a la norma de la SMV ya que venían realizando estas actividades, con la finalidad de no afectar las operaciones.

De manera complementaria la SMV pidió a las empresas, si tenían planes de continuidad del negocio, reglamentos internos, indicadores de morosidad, entre otros, a fin de conocer qué tan lejos estaba del DU o lo iban a estar cuando se emita la norma complementaria para el plazo de adecuación.

“Además se les solicitó revelar los riesgos que llevaban, con la finalidad de conocer qué tan flexible podría ser la norma”, detalló.

Por otro lado, en este proceso normativo, Carlos Rivero mencionó que surgieron muchas consultas si es qué la norma aplicaba al crowdfactoring, las plataformas de descuentos de letras, siendo la mayor duda en este proceso, pero se precisó que dichas operaciones no estaban contempladas en el Decreto de Urgencia, dado que ya tenían una regulación vigente.

Lo que se viene
Carlos Rivero detalló que en un mes se debería emitir el primer proyecto para consulta pública en el mercado.

“Este es un proyecto que viene siendo apoyado por el Banco Mundial para entender la legislación comparada”, expresó.

De esta manera, lo que son detalles como la limitación de capital mínimo que deberá tener este tipo de plataformas, los límites de inversión, los montos de operación, la información que deben reportar a la SMV.

También, si la plataforma de crowdfunding podrá realizar o no actividades complementarias y cómo van a manera los riesgos ante diversos supuestos.

El representante de la SMV indicó que se ha recibido información complementaria en los últimos días que contribuirá en el análisis para el desarrollo de la plataforma de crowdfunding.

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