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La aerolínea pretendía otorgar licencia sin goce desde el 18 de abril hasta el 9 de julio. Entro en capítulo 11 el año pasado
El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) denegó la solicitud realizada por la filial de Avianca en Perú para acogerse a la figura de la suspensión perfecta de labores, lo que implica que deberá pagar el sueldo de 655 trabajadores desde el mes de abril, mayo, junio y julio a los que dieron licencia no remuneradas.
La aerolínea pretendía otorgar licencia sin goce desde el 18 de abril hasta el 9 de julio.“Se dispone que la empresa Avianca Perú efectúe el pago de las remuneraciones de los trabajadores afectados con la medida por el tiempo de suspensión transcurrido”, indica el dictamen del MTPE hecho publico por el congresista Daniel Olivares.
La autoridad del trabajo señaló -asimismo- que tanto Avianca como cada uno de los trabajadores afectados podrán iniciar una interposición de recursos de reconsideración el cual deberá presentarse en la plataforma virtual de registro de suspensión perfecta de labores dentro del plazo de tres días hábiles.
Como se recuerda, los trabajadores de la aerolínea informaron en su momento que son más de 900 los empleados afectados, no sólo con la suspensión perfecta, sino también con despidos intempestivos.
El mes pasado, la empresas anunció que entrará en proceso de liquidación y disolución, luego de que la matriz pidiera acogerse a la ley de bancarrota de Estados Unidos por efecto del coronavirus.
“Avianca Perú S.A., subsidiaria local, ha acordado el cierre de sus operaciones y el inicio de un proceso de disolución y liquidación“, señaló en aquella oportunidad.
Igualmente, el diario colombiano El Espectador -en marzo- informó que la aerolínea ofrecía a los empleados que se acojan a la suspensión perfecta una serie de beneficios entre los que se incluye la garantía de conservar su contrato laboral y los pagos a seguridad social.
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