.
PERÚ

Congreso de Perú aprobó llevar a cabo segundo retiro parcial de pensiones privadas

lunes, 2 de noviembre de 2020
RIPE:

Perú

Según Gestión, esta facultad no será aplicable a quienes califiquen para acceder al Régimen de Jubilación Anticipada de Desempleo

Gestión - Lima

El Pleno del Congreso aprobó -en primera votación y exonerándose de segunda votación- con 101 votos a favor, 1 en contra y 20 abstenciones, el texto sustitutorio presentado por la Comisión de Economía y que autoriza de manera extraordinaria a los afiliados del Sistema de Privado de Pensiones que hasta el 31 de octubre del 2020 no cuenten con acreditación de aportes previsionales a la Cuenta Individual de Capitalización (CIC) por al menos 12 veces consecutivos, a retirar de manera facultativa hasta 4 UIT (S/ 17.200, es decir US$4.713).

Esta facultad no será aplicable a quienes califiquen para acceder al Régimen de Jubilación Anticipada de Desempleo (Reja).

El texto indica que los afiliados podrán presentar su solicitud de forma remota, virtual o presencial y por única vez, dentro de los 90 días calendarios posteriores a la vigencia del reglamente de la ley.

Agrega que se abonará hasta 1 UIT cada 30 días calendarios, realizándose el primer desembolso a los 30 días de presentada la solicitud ante la administradora privada de fondos de pensiones a la que pertenezca el afiliado.

Ello es aplicable hasta el segundo desembolso y el resto será entregado en el tercer desembolso.

En caso el afiliado desee dejar de retirar los fondos de su CIC podrá solicitarlo por única vez a la AFP 10 días antes del desembolso. Cabe precisar que se eliminó -en el texto sustitutorio y aprobado- la posibilidad de que los aportantes trasladen sus fondos al Fondo Cero.

Aportantes con enfermedades oncológicas
La primera disposición complementaria de la norma aprobada autoriza el retiro excepcional facultativo de hasta 1 UIT (S/ 4,300, es decir US$1.178) para los afiliados que nos registren aportes acreditados en octubre del 2020 y que no hayan aportado por 12 meses consecutivos.

La entrega de estos aportes se efectuará en un plazo de 30 días calendarios de haberse presentado la solicitud y en un solo desembolso.

Se indica además que los afiliados podrán presentar su solicitud de forma remota, virtual o presencial y por única vez, dentro de los 90 días calendarios posteriores a la vigencia del reglamento de la ley.

Una de las novedades de la norma aprobada en el Pleno es que se podrá realizar el retiro extraordinario de hasta cuatro UIT (S/ 17.200, es decir US$4.713) de los fondos de CIC de aquellos afiliados, estén o no aportando, y que sufran de enfermedades oncológicas diagnosticadas por una IPRESS y que hayan registrado la autorización sanitaria para la práctica de la Unidad Productora de Servicios de Salud (UPSS) de oncología y/o hematología clínica, según corresponda.

El desembolso se realizará a los 30 días de presentada la solicitud.

En este caso, los afiliados podrán presentar su solicitud de forma remota, virtual o presencial y por única vez, dentro de los 90 días calendarios posteriores a la vigencia del reglamento de la ley.

Conozca los beneficios exclusivos para
nuestros suscriptores

ACCEDA YA SUSCRÍBASE YA

MÁS DE GLOBOECONOMÍA

Hacienda 19/07/2024 ¿Por qué Yunus, ganador del Nobel de Paz, pagará cadena perpetua en Bangladesh?

Uno de los economistas que marcó el rumbo comercial y empresarial de Asia se enfrenta a cadena perpetua. Bloomberg habló del caso junto al banquero Yunus

Tecnología 19/07/2024 Un fallo global de Microsoft afecta a aeropuertos, aerolíneas y empresas

Microsoft ha señalado que sigue trabajando para mitigar el impacto de su incidencia y espera que los usuarios

EE.UU. 20/07/2024 Airbus busca acuerdos para modelo A333 durante la realización del Salón Aeronáutico

Entre los posibles compradores del avión, una versión más avanzada de un avión que entró en servicio por primera vez a mediados de la década de 1990, se encuentran Flynas y Flyadeal