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La normativa plantea que los trabajadores tienen derecho a recibir una explicación de la empresa sobre decisiones del empleador
En 2022, el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) había presentado un proyecto de ley ante el Parlamento para darle un marco regulatorio a la actividad de quienes trabajan en plataformas digitales tales como PedidosYa, Uber, Cabify, Rappi, entre otras.
Ese proyecto fue ahora aprobado por la Cámara de Diputados y pasará al Senado. La normativa contó con los votos a favor de los legisladores de la coalición de gobierno y con los votos en contra de la oposición, quienes rechazaron la normativa por entender que la discusión parlamentaria no fue lo suficientemente profunda y que la redacción actual del proyecto contempla solo a algunos trabajadores.
A nivel mundial y local, la principal discusión sobre el modelo de negocios de las plataformas digitales se centra en la definición jurídica del tipo de relación laboral de los trabajadores, es decir si son autónomos y socios del negocio, o trabajadores en relación de dependencia.
El proyecto elaborado por el MTSS no entra en esa discusión y no define el tipo de relación sino que optó por establecer ciertos derechos de protección laboral para ambos tipos de trabajadores, tanto autónomos como independientes. En caso de que haya un conflicto en torno a esa definición, la iniciativa propone que sea la Justicia la encargada de dirimir de qué tipo de trabajador se trata en cada caso.
En abril de este año, el ministro de Trabajo, Pablo Mieres, había concurrido a la Comisión para defender la iniciativa y en ese entonces había remarcado que la ley se necesitaba "con urgencia” porque la falta de marco regulatorio hacía que el MTSS no tuviera facultades para “controlar la situación, ya no solo salarial, sino laboral de los trabajadores” de las plataformas digitales.
Desde el Frente Amplio, el diputado Daniel Gerhard dijo que su partido tuvo "nulas posibilidades" para incidir en el texto normativo y cuestionó que el proyecto no entrara en la discusión de fondo. Las plataformas “¿conectan privados cobrando una comisión o prestan un servicio?; este es un debate a nivel mundial, y las respuestas a estas interrogantes son clave para articular cualquier legislación", señaló.
Sin embargo, desde el Poder Ejecutivo entienden que si bien "hay una diferencia que tiene que ver con la calificación de la relación laboral", en este caso se optó por dejarla abierta, "en línea con algunas legislaciones que han optado por ese camino”, según dijo Mieres en alusión a otras regulaciones que se han aprobado en países como Chile y Brasil y que siguen esa misma línea.
“Nosotros decimos que, independientemente de que sean dependientes o autónomos, tienen que tener estos derechos y eso me parece que es clave. El proyecto alternativo (en alusión al del Frente Amplio) pretende avanzar en una definición, que puede generar algunos efectos, pero no entremos en la discusión”, señaló el ministro y enfatizó en la “urgencia” de solucionar el “vacío legal” que existe en el país actualmente.
Por su parte, el diputado nacionalista Pedro Jisdonian defendió que el proyecto "viene a dar garantías, tanto a las empresas como a los trabajadores" y detalló que será el juez el que defina, según cada caso, si hay una relación de dependencia entre la empresa y el trabajador, o si se entiende que es autónomo.
Entre las principales características del proyecto que fue aprobado en Diputados, se establece que los trabajadores de plataformas digitales tendrán limitada su jornada laboral en 48 horas semanales y serán incluidos dentro de la normativa general de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, bajo el paraguas del Banco de Seguros del Estado (BSE).
Asimismo, se establece que el empleador tiene el deber de informarle a sus trabajadores sobre la existencia de sistemas de seguimiento automatizados que sean utilizados para controlar el trabajo.
Por otro lado, la normativa plantea que los trabajadores tienen derecho a recibir una explicación por parte de la empresa, sobre cualquier decisión tomada por el empleador que afecte sus condiciones de trabajo. La empresa deberá también capacitar al trabajador en lo que refiere a las normas de tránsito, higiene laboral y salud.
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