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Empresas de mensajería como WhatsApp deberán pagar la misma tasa que operadores en España

viernes, 11 de septiembre de 2020
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Esto lo recoge el Anteproyecto de Ley General de Telecomunicaciones presentado este viernes por el Gobierno para audiencia

Expansión - Madrid

Las aplicaciones de mensajería, como WhatsApp o Telegram, que presten servicios en España tendrán la obligación de inscribirse en el Registro nacional de operadores de comunicaciones electrónicas y abonar la tasa que ya pagan actualmente los operadores tradicionales, según recoge el Anteproyecto de Ley General de Telecomunicaciones presentado este viernes por el Gobierno.

Esta es una de las novedades que recoge el texto de la nueva ley, que se somete desde este viernes a audiencia pública, y que incluye otros cambios como la supresión de las cabinas y las guías telefónicas del servicio universal, un refuerzo de la protección de los usuarios, la modernización del servicio de emergencias 112 o medidas para facilitar un clima inversor en el sector, entre otras.

En un encuentro con la prensa, el secretario de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales, Roberto Sánchez, ha explicado que la nueva ley amplía por primera vez el ámbito de aplicación de la regulación a los nuevos tipos de agentes que prestan servicios de comunicaciones electrónicas, para lo cual se crea una nueva clasificación de operadores.

Sánchez ha remarcado que la irrupción de estos servicios de comunicación interpersonales no basados en numeración o de mensajería ha modificado las pautas de uso de los consumidores, por lo que con este anteproyecto se incluyen algunos preceptos legislativos para lograr un "equilibrio en el terreno de juego" dentro de los límites marcados por el Código Europeo.

En primer lugar, las empresas que presten estos servicios deberán comunicarlo e inscribirse el Registro nacional de operadores de comunicaciones electrónicas, lo que conllevará además que deban pagar la tasa general de operadores, que supone el 1 por 1.000 de los ingresos que obtienen por prestar estos servicios.

Las compañías del sector tendrán que pagar esta tasa, que ya abonan los operadores tradicionales, en caso de que superen el millón de euros de facturación por estas actividad. Sánchez ha señalado que son "plenamente conscientes" de que estas empresas declaran en España unos ingresos inferiores a los que generan.

Así, ha explicado que para calcular el importe de la tasa que deben abonar todas las compañías deberán, tal y como se exige actualmente al resto de operadores, presentar una declaración de los ingresos que proceden de comunicaciones electrónicas y sobre los que se cursa la tasa, como ocurre con cualquier otro impuesto, que será sometida a inspección y control.

En este sentido, ha remarcado que no es una legislación destinada a una empresa concreta y tiene vocación de perdurar en el tiempo. Además, ha apuntado que, aunque parte de los servicios que prestan los nuevos actores a los usuarios son gratuitos, no ocurre así con todos ellos y puede que, como ya ha ocurrido en pasado, en algún momento sean de pago.

Además de su inscripción en el registro y del pago de la tasa de operadores, la nueva Ley incluye otras obligaciones a estas compañías, como tener medidas de seguridad e integridad de los servicios que prestan e incrementar la transparencia ante los usuarios de las condiciones de los mismos.

Reglamento europeo
La nueva Ley supondrá la transposición del Código Europeo de Comunicaciones Electrónicas, aunque también incluye otros aspectos no incluidos en el mismo como la gestión del espectro radioeléctrico, las comunicaciones de emergencias, las infraestructuras de telecomunicaciones en los edificios o todo lo relativos a los equipos de telecomunicaciones.

El proceso de audiencia pública que se inicia este viernes estará abierto hasta el próximo 13 de octubre y está previsto que el anteproyecto se apruebe en Consejo de Ministros a principios de 2021 para después iniciar sus trámites parlamentarios, lo que supone incumplir el plazo fijado por Europa para trasponer el Código, que concluirá el 31 de diciembre de 2020.

En este sentido, Sánchez ha indicado que, aunque es difícil predecir lo que puede durar la tramitación parlamentaria, esta podría durar entre cuatro y seis meses, según lo que considere la Mesa del Congreso, y la nueva Ley General de Telecomunicaciones podría entrar en vigor a finales de segundo trimestre o en el tercer trimestre de 2021.

Servicio universal
Otro de los cambios es la modificación del servicio universal para eliminar del mismo aquellos que ya no se usan, como las cabinas telefónicas o las guías, para incluir en la garantía de que se preste un servicio de acceso adecuado y disponible de banda ancha que permite acceder a servicios esenciales como correo electrónico, noticias en línea o banca por Internet.

En este sentido, Sánchez ha explicado que la ley no contempla una velocidad mínima, dada la rapidez con la que evoluciona este mercado, sino que se busca garantizar en todo momento el acceso a ese conjunto de servicios. Además, el texto incluye la posibilidad de que todos los operadores puedan prestar el servicio universal.

Asimismo, la norma refuerza también las capacidades de los servicios de comunicaciones de emergencia. En concreto, se introducen nuevas facilidades para el desarrollo de sistemas de alerta a la población en caso de grandes catástrofes o emergencias y disponer de una ubicación más precisa de las personas que efectúan llamadas al 112 utilizando no solo la información de la red, sino también de los terminales.

En lo relativo a los derechos de los usuarios, se realiza la armonización comunitaria prevista en el Código, al reforzar la transparencia de los contratos, limitar su duración (permanencia máxima de 24 meses) y regular, por primera vez, los paquetes de servicios. También amplía los derechos en el ámbito de la portabilidad móvil y las obligaciones de accesibilidad para los usuarios con discapacidad.

Desarrollo de infraestructuras
También como novedad, se incluye una revisión de las normas relativas a la gestión del espectro radioeléctrico, con el objetivo de facilitar el despliegue del 5G y otros servicios inalámbricos innovadores. En especial, se determina una duración mínima de 20 años para las licencias asociadas a los usos limitativos de espectro.

Además, en el marco de la apuesta por convertir a España en un 'hub' de interconexión digital en el Sur de Europa, la ley contemple un régimen de autorización de cables submarinos que discurran fuera del Espacio Económico Europa y un régimen de información de puntos de interconexión de Internet y centros de datos, todo ello con el fin de hacer un "seguimiento efectivo" del mercado y promover las medidas adecuadas.

Por otro lado, la Ley también contempla un conjunto de medidas para impulsar el despliegue en infraestructuras y redes que van en línea con las que ya estaban en vigor en España, dado que en este ámbito la directiva europea toma como referencia el modelo español que posibilitó que el país lidere la cobertura de banda ancha en el Viejo Continente.

En este campo, la legislación también incluye mejoras en los análisis de mercado que realizan las autoridades de regulación, sobre todo en redes de muy alta capacidad; de los acuerdos de coninversión y de los compromisos voluntarios de apertura de acceso a otras operadores.

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