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El Abogado General de la UE, en la línea con lo ocurrido con Airbnb, sostiene que la plataforma digital Onlyfans es responsable de recaudar los impuestos de sus usuarios, en concreto el IVA
La plataforma es una red social solo para adultos en la que los creadores de contenido suben imágenes y vídeos eróticos o sexuales y cobran por ello a otros usuarios.
De esta forma, la Justicia europea se inclina porque la plataforma pague el IVA sobre el total pagado por los suscriptores, no solo sobre su cuota de servicio. Más de dos millones de creadores publican contenido en la plataforma. La empresa ingresa por las suscripciones de 220 millones de usuarios para ver esos contenidos.
El asunto parte del pleito que mantiene Fenix International Limited, la matriz que opera Onlyfans, con Her Majesty's Revenue & Customs, la autoridad fiscal del Reino Unido. La empresa cobra a los creadores de Onlyfans el 20% de las sumas pagadas por sus usuarios a modo de deducción, y contabiliza su IVA sobre la base de esa deducción del 20%, según la instrucción del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
"Las normas fiscales de la Unión Europea requieren que las plataformas que actúan como intermediarios financieros paguen el IVA sobre el monto total", apunta el Abogado General de la Unión Europea, Athanasios Rantos, en sus conclusiones. De esta forma, el instructor apuesta por que las empresas como Onlyfans deben pagar el IVA sobre los ingresos totales que registran. "La directiva no contiene restricciones en cuanto a su alcance o extensión", indican las conclusiones. Sin embargo, Onlyfans entiende que solo tiene que pagar el IVA sobre su cuota de servicio.
Este asunto ya fue estudiado en el caso Airbnb por otro Abogado General de la Unión Europea. Maciej Szpunar, avala que las haciendas europeas obliguen a las plataformas digitales a recoger y comunicarles datos de sus clientes para recaudar sus tasas a las tecnológicas. En concreto, el instructor considera que "las obligaciones de recogida y comunicación de información a las autoridades fiscales, así como la obligación de retención del impuesto, es conforme a la normativa europea".
El Abogado General, considera ajustado al Derecho europeo que Hacienda obligue a las plataformas digitales retener el impuesto. "Es perfectamente coherente imponer la obligación de retención del impuesto a los intermediarios que intervienen en el pago de la renta, puesto que la actividad de un número importante de personas físicas no sujetas a las obligaciones que incumben a los profesionales resulta, por definición, difícil de controlar fiscalmente", indica.
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