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Las hijas de aquellas mujeres indígenas y afrodescendientes lograron que el Congreso reconociera la obligatoriedad de la medida
Su revolución llevaba siglos germinando, pero ya floreció. En época de cempasúchil. Comenzó con la colonización, pero en ese momento había que despabilar asuntos urgentes, la esclavitud primero y los trabajos forzados de servidumbre después. Hoy, las hijas de aquellas mujeres indígenas y afrodescendientes sometidas por los colonizadores lograron que el Congreso reconociera la obligatoriedad de la seguridad social para ellas mismas, las trabajadoras del hogar.
Este jueves, el pleno de la Cámara de Diputados aprobó por 486 votos a favor una reforma a la Ley del Seguro Social (LSS), la cual establece que toda persona que contrate a una trabajadora del hogar tiene la obligación de inscribirla al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). El Senado la avaló desde marzo, ahora sólo falta que el Ejecutivo la promulgue.
Las mujeres que han arreglado el mundo lavando los trastes de quienes se dedican a estropearlo, las que limpian la casa de quienes se llevan todo el crédito de la lucha por una mejor sociedad, las que han criado a infantes siendo ellas mismas unas niñas habían vivido sin derecho a la protección.
La reforma adiciona un capítulo a la LSS dedicado a las personas empleadas del hogar, el XI. En el artículo 239-A define quiénes serán consideradas trabajadoras del hogar y contempla tres diferentes modalidades para quienes desempeñan esta labor: de entrada por salida, de planta o de quedada y empleo en diferentes domicilios.
Y el artículo 239-C es el que indica la obligación de la persona empleadora de inscribir a la trabajadora al IMSS. Quien la contrata realiza el trámite de afiliación, aporta su cuota patronal, retiene la cuota de la trabajadora con base en el cálculo que indique la página del instituto y abona ambos montos.
Al contar con seguridad social, pueden acudir a consultas médicas en las clínicas del IMSS y recibir medicamento gratuito ellas y sus familias, pero no es sólo eso. Tienen los cinco seguros que prevé la LSS, uno de ellos es el seguro de enfermedad y maternidad, por lo que pueden ser internadas o dar a luz en sus hospitales.
Con el seguro de riesgos de trabajo tienen atención médica, fármacos, hospitalización, rehabilitación, prótesis, incapacidad pagada. El seguro de invalidez y vida les garantiza una pensión para la trabajadora en caso de que por un accidente ya no pueda seguir laborando o, si fallece, le deja una pensión a su familia.
Otro de los seguros es el de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez. Con éste van ahorrando para que, una vez que cumplan la edad y las semanas de cotización requeridas, puedan jubilarse. El quinto seguro es el de guarderías y prestaciones sociales, con él sus hijas e hijos reciben cuidado profesional y alimentación mientras ellas trabajan.
“Este proyecto de dictamen tiene un significado histórico para México”, dijo en tribuna la diputada Angélica Cisneros Luján (Morena), presidenta de la Comisión de Seguridad Social. Sienta “las bases normativas para la incorporación de un sector de personas trabajadoras que históricamente habían sido discriminadas e invisibilizadas para la ley y que representan alrededor de 2.2 millones (de personas)”.
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