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Hace ya muchos años, cuando quien escribe estudiaba la Historia de Roma, se afirmaba que: 1. Todos los ciudadanos tenían derecho a un tratamiento igual ante la ley. 2. Tenían derecho a la defensa, eran inocentes mientras no se probara lo contrario y tenían derecho a apelar. 3. La carga de la prueba correspondía al acusador y no al acusado. 4. Las leyes irracionales o claramente injustas no se debían cumplir. 5. Las leyes debían ser generales y no deberían ocuparse de legislar sobre todos los detalles. 6. Desde entonces, ya respetaban los romanos la propiedad privada, la validez de los contratos, las herencias, el derecho al voto... pero los esclavos eran considerados como cosas y no como personas.
Para el ciudadano de la calle ajeno a las disciplinas del derecho, como quien escribe, cada vez resulta más frecuente observar que los principios enumerados no inciden hoy ni en la legislación, ni en las decisiones del sector judicial, ni en el propio Gobierno.
Llaman la atención, por ejemplo, los juicios de la Corte Suprema contra los congresistas sin la posibilidad de apelar. Solamente ahora, en la superficial reforma a la justicia, parece que por fin se está contemplando el derecho a apelar. ¿Hasta cuándo va a funcionar la Corte como acusadora y como juez?
Desconcierta el número creciente de sentencias con motivación política de las Altas Cortes, elegidas a dedo, frente a un Congreso y un Ejecutivo elegidos por voto popular, pero atemorizados ambos por ellas. Una verdadera reforma de la justicia deberá remediar este alarmante desequilibrio de poderes. No pocos observadores afirman que la modesta reforma a la justicia del presidente
Santos bien podría sucumbir en manos de la Corte Constitucional.
La ley y la Constitución colombianas son farragosas, confusas, porque tratan de legislar hasta sobre los detalles más insignificantes. Las constituciones ejemplares son mucho más generales y concisas. Nuestra Constitución es un ejemplo de "tropicalismo", resultante de los pactos políticos.
Insisto, encuentro razonable eliminar las tutelascontra las sentencias judiciales con el fin de reducir las seis instancias judiciales o juicios solamente a tres, porque tan injusta puede resultar la tercera como la sexta instancia. Apremia eliminar las tutelas relacionadas con los derechos fundamentales conexos, como se practica en los países que las inventaron. Entiendo que cerca de la tercera parte de los de 2,4 millones de juicios acumulados, archivados en el sector judicial, corresponden a moras en los arriendos, los préstamos… Ojalá funcionen bien los arbitramentos para los líos financieros que, al parecer, se proponen en la reforma a la justicia, próxima a continuar sus trámites en el Congreso. Ahora bien, los expertos sostienen que para los "buenos jueces no hay legislación mala". Por eso estimo que la justicia colombiana no se endereza solamente asignándole mayores recursos. Apremia elevar el cargo de juez al nivel más alto y muy bien remunerado que ocupa en otras sociedades. Apremia reducir el número de tutelas absurdas que los ocupan.
En el derecho a la vida, por ejemplo, en el caso del aborto, prima la vida de una madre con varios hijos sobre el hijo por nacer. Recordemos que los derechos fundamentales no son derechos absolutos y están sujetos a circunstancias extremas, de ahí la importancia de nombrar jueces y magistrados ilustrados, humanistas, para juzgarlos, sin caer en el relativismo exagerado o en los juicios políticos que nos acosan.