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EDITORIAL

Los días sin IVA deben ampliarse a más productos

martes, 26 de octubre de 2021

Fue un error de origen negar que todos los artículos y productos estuvieran disponibles en el mercado exentos del IVA, la norma solo se concentró en tecnología y electrodomésticos

LR


Los días sin IVA fueron una buena iniciativa diseñada para promover el consumo en medio de la pandemia; posteriormente, la tercera reforma tributaria los entronizó como una manera de apostarle a las ventas y reactivar la economía. Serán tres jornadas durante el final del año: 28 de octubre, 19 de noviembre y 3 de diciembre.

No dejan de ser una buena idea, pero tienen muchas fallas de origen; la primera tiene que ver con las fechas, bien podría haberse puesto un día antes del segundos semestre para mover la mitad del año; la segunda falla es que debió ampliarse a todos los artículos y productos disponibles en el mercado, hay que tener en cuenta que no todo lo que está disponible estará exento de IVA. La política pública de beneficios solo abarca productos que hacen parte de seis categorías: vestuario; electrodomésticos, computadores, equipos de telecomunicaciones; implementos deportivos; juguetes y juegos; útiles escolares; y bienes e insumos para el sector agropecuario.

Pero para complicar las cosas, cada categoría de beneficiados tiene sus propias cuentas y letra menuda. En vestuario, camisas, jeans, sacos, maletines y gafas, con igual o menor valor a $726.160 serán cobijadas con la medida. En lo que tiene que ver con electrodomésticos, la medida aplica para los artículos que tengan valor igual o menor a $2.904.640. En deportes, el beneficio aplica para cascos, balones, guantes y zapatos especializados. Habrá descuento si el valor es igual o menor de $2.904.640.

Muchos padres de familia -los más planeadores- utilizarán las jornadas de ahorro para comprar útiles escolares: cuadernos, lápices, bolígrafos, borradores, software, correctores, etc., con valor igual o menor a $181.540. Y finalmente, el sector agropecuario tendrá su ahorro en semillas, abonos, insecticidas, raticidas, fungicidas, herbicidas, sistemas de riego, guadañadoras, cosechadoras, trilladoras, concentrados y medicamentos para animales, entre otros, productos a los que se les aplicará el beneficio del IVA, eso si el precio es igual o menor a $2.904.640. La pregunta que ronda entre los consumidores es por qué el beneficio no se generaliza y se deja en solo esos renglones, máxime cuando se necesita que toda la economía coja vuelo y se mantenga el buen ánimo que se registra por estos días de fin de año.

Es incomprensible, desde el punto de vista de los consumidores, que haya unas categorías y unos precios previstos en la política pública, y otros no menos importantes, simplemente no se tengan en cuenta. La categoría de las herramientas de trabajo, los carros, las motos, maquinaria agrícola, sistemas de riego, motobombas, lanchas y demás maquinaria pesada, debería estar incluida en las jornadas sin IVA, pues nada más necesario que estos artículos y productos para poner a andar la economía.

El IVA es un impuestos a las ventas que deja de recaudarse por parte del Estado, no es bondad o voluntad del productor ni del vendedor, es el Gobierno Nacional quien ha decidido ayudar con la reactivación. Incluso más allá, son impuestos de todos los que no se cobran para que haya una dinámica de consumo, idea que debería ser más generalizada y ampliada a todas las categorías. Importante: las autoridades deben vigilar sobre engaños y confusiones, y la Superintendencia de Industria estar atenta para castigar a quienes se aprovechen.

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