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El Emisor ve viable administrar el gran fondo de las pensiones
EDITORIAL

Los momentos más críticos del cambio pensional

miércoles, 22 de mayo de 2024

El Emisor ve viable administrar el gran fondo de las pensiones

Foto: Gráfico LR

El Emisor ve viable administrar el gran fondo de las pensiones, pero aclara que no se pisará funciones con Colpensiones, como pagar mesadas o atender a los pensionados

Editorial

Así como van las cosas, Colombia tendrá un nuevo sistema de pensiones que funcionará por pilares y el Banco de la República administrará el gran fondo de ahorro pensional, a la luz de la velocidad con que la Comisión Séptima de la Cámara de Representantes está discutiendo el polémico proyecto.

Recordemos que la reforma pensional, la primera en más de tres décadas, recibió el visto bueno de la plenaria del Senado y culminó los dos primeros debates de la iniciativa. Ahora, al entrar en la Cámara de Representantes, todo parece más fácil, pues en pocas horas de análisis ya evacuaron 40% del articulado, muy a pesar de que el Presidente de la Corporación está inmerso en escándalos de corrupción.

Si bien el proyecto tiene muy poco tiempo para su aprobación final, (debe estar listo antes del 20 de junio, sin sesiones extras del Congreso). La velocidad de crucero típica de pupitrazo en la Cámara, presagia que habrá reforma; aún no se llega a los puntos más críticos, como el umbral de cotizaciones a Colpensiones, pero el manejo del fondo de ahorro pensional, que quedó en manos del Banco de la República, es casi un hecho luego de la carta del Emisor a la Cámara, en la que atiende la delegación del gran fondo de ahorro pensional de los colombianos, pero con advertencias como la prioridad del banco central de mantener el poder adquisitivo del peso y que no tenga nada que ver con el pago de mesadas o la atención a los pensionados o jubilados.

Labores que recaen sobre Colpensiones que deberá reinventarse, darle un nuevo gobierno corporativo y profesionalizar a sus funcionarios para manejar el día a día del flujo pensional, pues el stock quedará en manos de los fondos profesionales.

El Emisor aclara que temas sobre los cuales se requiere mayor precisión con el fin de asegurar una gestión eficiente y transparente de los recursos públicos de la seguridad social, en caso de ser aprobada la designación del Banco de la República como administrador del Fondo de Ahorro del Pilar Contributivo del Sistema de Protección Social Integral para la Vejez.

“La participación del Banco como administrador del Fondo debe estar concebida en la ley en el marco de su función constitucional de servir como agente fiscal del gobierno. Esto implica que el propósito del Fondo debe estar claramente definido y que el Banco debe ejercer su función en un marco de independencia operativa y sin resultar, por esta vía, siendo administrador o financiador de las pensiones o pagador directo de las mesadas pensionales”.

“Los términos en los que el proyecto de ley defina el papel del Banco como agente fiscal del gobierno deben contar con el aval del gobierno (...) El Banco considera fundamental que se indique que las obligaciones de la entidad como administrador serán de medio y no de resultado. Debe ser claro que en el Componente de Prima Media del Pilar Contributivo las responsabilidades de financiar las pensiones y cubrir cualquier riesgo contingente son de Colpensiones y del Gobierno y no del administrador del Fondo”.

Lo que sí se da por descontado es que el establecimiento de los cuatro pilares que soportará el sistema pensional es un hecho que debe reglamentarse una vez se apruebe el proyecto en plenaria de Cámara, se concilie y baja a la alta corte, pues la manera como los colombianos se pensionen cambiará de manera sustancial.

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