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Para crear una economía circular, se prohibieron algunos plásticos de un solo uso, conozca cuáles son y cuáles son sus excepciones
La pandemia frenó la economía y dejó a muchos mercados en vilo, y la industria del plástico no fue la excepción. En 2020, la producción de este material sintético, a partir del petróleo, disminuyó 2,2%, según lo indica un informe presentado por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (Ocde). Sin embargo, en 2021 esta industria superó las expectativas y, mientras la reactivación económica se volvía un hecho, las industrias del plástico también repuntaron en sus números.
Acoplásticos, entidad que representa a las empresas de las cadenas productivas químicas, presentó los resultados de su gestión durante el 2021, siendo uno de los mejores años, con crecimientos superiores de más de 20%.
“Durante 2021, el repunte en las cifras económicas se dio de manera transversal, producto del aumento en el consumo y del dinamismo de sectores usuarios de las industrias petroquímico-plásticas, como son: alimentos, bebidas, textiles y confecciones, productos de aseo, cosméticos, industria automotriz y construcción, entre otros”, afirmó Daniel Mitchell, presidente ejecutivo de Acoplásticos.
Teniendo en cuenta las metas medioambientales que tiene el país, recientemente se aprobó una Ley “por la cual se prohíbe en el territorio nacional la fabricación, importación, exportación, comercialización y distribución de plásticos de un solo uso, se establecen medidas tendientes a la reducción de su producción y consumo, y se dictan otras disposiciones”
Respecto a esto Mitchell asegura que no es una noticia que los coja por sorpresa y que es una evolución positiva, pues en un principio el proyecto de Ley solo tenía prohibiciones; ahora se presentan soluciones de economía circular, alternativas para reemplazar los productos eliminados y plazos.
“Si las empresas productoras de plástico no se acoplan a estas soluciones o proponen alternativas, deberán cerrar. Si, por ejemplo, una empresa produce bolsas y no cambia nada en su proceso, queda prohibido, pero lo puede cambiar por un saco reutilizable”, añade.
Plásticos eliminados y plazos
La prohibición de envases y recipientes para contener o llevar alimentos de consumo inmediato; láminas o manteles para servir, empacar, envolver o separar alimentos de consumo inmediato; soportes plásticos de los copitos de algodón o hisopos flexibles con puntas de algodón; plásticos utilizados en el sector de la construcción para protección de vidrios, puertas, baldosas y accesorios de baño; bolsas utilizadas para embalar periódicos, revistas y facturas, así como las utilizadas en las lavanderías para empacar ropa lavada; rollos de bolsas vacías para embalar, cargar o transportar paquetes y mercancías o llevar alimentos; mezcladores y pitillos para bebidas; y soportes plásticos para las bombas de inflar, entrará en vigencia a partir del 1 de enero de 2025.
Por otro lado, la prohibición de las bolsas de punto de pago utilizadas para embalar, cargar o transportar paquetes y mercancías; rollos de película extensible para el empaque de alimentos a granel; envases, recipientes y bolsas para contener líquidos; platos, bandejas, cuchillos, tenedores, cucharas, vasos y guantes para comer; rollos de película extensible y de burbuja utilizados como envoltura con que se protegen objetos que se van a transportar dentro del territorio nacional, entrarán en vigencia el 1 de enero de 2026.
Excepciones
Quedan excluidos de las prohibiciones aquellos plásticos de un solo uso que tengan un propósito médico, que cumplan con el objetivo de contener sustancias químicas que presenten riesgo a la salud.
También aquellos que contengan y conserven alimentos de origen animal, así como alimentos o insumos húmedos elaborados o preelaborados. Por último, los elementos necesarios en los establecimientos de asistencia médica, donde se requieren pitillos como parte de tratamiento a niñas, niños, personas con incapacidad temporal, personas con discapacidad y adultos mayores.
Multas
El incumplimiento implicará alguna o algunas de las siguientes sanciones: multas que van desde 100 salarios mínimos legales mensuales vigentes, decomiso de los elementos plásticos, cierre temporal del establecimientos y/o cierre definitivo.
Estas sanciones serán impuestas por las autoridades ambientales competentes y el dinero que provenga de las multas será destinado para el desarrollo de programas de limpieza de los ecosistemas que contienen los recursos hídricos, recuperación de la fauna y flora acuática y campañas de comunicación y cultura ciudadana, dentro del área de su jurisdicción.
Representará algunas pérdidas y cambios de mentalidad para los productores de plásticos, aunque según Mitchell la producción de estos materiales solo representa 6% de toda la industria; en el otro 94% está la producción de llantas, tubos, tanques, entre otros.
“El impacto negativo puede estar en ese 6%, o hasta puede ser un impacto positivo si se generan nuevas oportunidades, por ejemplo, en los mercados del reciclaje”, agrega Mitchell.
El Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible, con el acompañamiento del Ministerio de Ciencia, Tecnología e innovación, el Ministerio de Comercio Industria y Turismo, y el Ministerio de Trabajo, deberán realizar un Plan de Adaptación Laboral que incluya opciones para la sustitución de plásticos de un solo uso y alternativas sostenibles que le permitan a los trabajadores adaptarse a la economía circular.